El Tribunal Supremo respalda que el banco pague los impuestos al firmar una hipoteca

La Voz REDACCIÓN

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ALBERTO LÓPEZ

El alto tribunal modifica de esta forma su jurisprudencia anterior. Los bancos han experimentado fuertes caídas en bolsa después de conocerse la noticia

18 oct 2018 . Actualizado a las 19:59 h.

El Tribunal Supremo ha decidido que es el banco y no el cliente el que debe abonar el impuesto sobre actos jurídicos documentados en la firma de una hipoteca, corrigiendo así su doctrina anterior, según informa Efe.

La sentencia, de la sala Tercera del alto tribunal, interpreta el texto refundido de la ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) y su reglamento y concluye, según recoge Europa Press, que no es el prestatario el sujeto pasivo de este último impuesto en las escrituras notariales de préstamo con garantía hipotecaria (como su jurisprudencia anterior sostenía), sino la entidad que presta la suma correspondiente.

Tiene en cuenta, para ello, que el negocio inscribible es la hipoteca y que el único interesado en la elevación a escritura pública y la ulterior inscripción de aquellos negocios es el prestamista, «que solo mediante dicha inscripción podrá ejercitar la acción ejecutiva y privilegiada que deriva la hipoteca».

La sentencia anula un artículo del reglamento del impuesto (que establecía que el prestatario es el sujeto pasivo del impuesto) por ser contrario a la ley. En concreto, se trata del artículo 68.2 de dicho reglamento, aprobado por Real Decreto 828/1995, de 25 de mayo.

El Supremo modifica así su jurisprudencia anterior y anula una sentencia previa, del 28 de febrero de este mismo año, en la que dictaminó que son los clientes quienes debían pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y Actos Jurídicos Documentados (AJD) en la constitución de hipotecas, de acuerdo con lo acordado por el Pleno de la Sala Primera del alto tribunal, que dio la razón a los bancos.

La nueva sentencia, dice Europa Press, cuenta con un voto particular discrepante, emitido por el magistrado Dimitry Berberoff, que postula el mantenimiento de la jurisprudencia anterior, y otro concurrente, del magistrado Nicolás Maurandi, que considera que la sentencia debió incidir en la existencia de dos impuestos: en el de actos jurídicos documentados y en el principio de capacidad económica previsto en el artículo 31 de la Constitución.

¿Quiénes pueden pedir la devolución? ¿Y cómo?

El sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) ha indicado, informa Europa Press, que aquellos ciudadanos que hayan formalizado un préstamo hipotecario en los últimos cuatro años, los ejercicios no prescritos fiscalmente, pueden solicitar a Hacienda la devolución de ingresos indebidos, más intereses de demora.

De esta forma, estos ciudadanos pueden sortear el camino judicial, más largo y costoso, para solicitar la devolución de este impuesto. Así, al tratarse de un impuesto cedido a las comunidades autónomas, deberán dirigirse a las hacienda autonómicas y solicitar la devolución de ingresos indebidos, más los intereses de demora, según trasladó a Europa Press el portavoz de Gestha, José María Mollinedo.

Si ya hace más de cuatro años desde que se suscribió el préstamo hipotecario y, por tanto, fiscalmente el pago del impuesto ha prescrito, los ciudadanos tendrán que emprender acciones legales contra la entidad bancaria, informa Europa Press, y solicitar la devolución, que no prescribe puesto que el Supremo ha anulado el artículo del impuesto que establecía que eran los clientes bancarios quienes pagaban el tributo.

Los bancos se despeñan en Bolsa

Los seis bancos del Ibex 35 se desplomaban en el parqué español pocos minutos después de conocer la decisión del Supremo. Las entidades más penalizadas, según recoge Europa Press, eran CaixaBank, que se desplomaba un 7,7 %, hasta los 3,52 euros por título; Bankia (que perdía un 6,67 % y perdía los 3 euros por acción) y Sabadell, que caía un 6,41 % hasta los 1,18 euros. 

Bankinter se dejaba un 5,5 %, BBVA retrocedía un 2,79 % y Banco Santander veía disminuir el precio de sus acciones un 1,58 %.