Miles de productos homeopáticos deberán ser retirados de las farmacias

La Voz REDACCIÓN

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Solo 2.008 productos han solicitado su regulación. De ellos, únicamente doce solicitan ser presentados como medicamentos con indicación terapéutica

30 oct 2018 . Actualizado a las 22:10 h.

¿Cuántos productos homeopáticos hay a la venta en farmacias y parafarmacias? Esa siempre ha sido la gran incógnita. El Ministerio de Sanidad calculó hace cinco años que había unos 6.000 productos en el mercado con los que se podían llegar a hacer unos 14.000 preparados diferentes. Pero era un cálculo, porque no tenían acceso a datos exactos. Ahora,  a través de un proceso iniciado por Dolors Monserrat y que han continuado las ministras Carmen Morón y Luisa Carcedo, se puede saber algo más. Un total de 2.008 tratamientos homeopáticos han solicitado autorización de comercialización y el resto no podrán ser ya comercializados y, aquellos que se encuentren en las farmacias, deberán ser retirados.

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) ha publicado este martes el BOE una resolución con los productos que han solicitado adecuarse a la nueva regulación. Solo esos 2.008 productos homeopáticos podrán seguir siendo comercializados hasta su evaluación y posterior decisión de la Aemps. De ellos, 1.996 se han comunicado como productos sin indicación terapéutica y 12 solicitan ser presentados como medicamentos con indicación terapéutica, es decir, que tienen utilidad en alguna dolencia o enfermedad.

La agencia ha fijado un calendario que incluye seis ciclos de presentación de dossieres y evaluación. El primero, según recoge la agencia Efe, cubrirá la solicitud de los expedientes solicitados con indicación terapéutica (serán evaluados como el resto de los medicamentos siguiendo los mismos principios científicos) y aquellos sin indicación terapéutica cuya vía de administración sea inyectable. Los productos del segundo ciclo en adelante son aquellos que se han notificado como sin indicación terapéutica (con excepción de los inyectables) y que pueden acogerse al procedimiento de registro simplificado de acuerdo a la normativa. Al finalizar la evaluación será cuando se determinen las condiciones de prescripción de este tipo de productos y será cuando deban incluir en el cartonaje y prospecto las leyendas que permitan la correcta identificación de los mismos.