El líder de los miguelianos, condenado a 9 años por abuso sexual continuado

María Hermida
María Hermida PONTEVEDRA

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Marcos Míguez

Miguel Rosendo estaba acusado de 21 delitos distintos y la fiscalía había pedido para él 66 años de cárcel

29 dic 2018 . Actualizado a las 08:45 h.

La sentencia, como el vaso, puede verse medio llena o medio vacía. Pero hay una realidad incontestable. Feliciano Miguel Rosendo da Silva, líder de los miguelianos, se ha librado de gran parte de los años de cárcel que le pedía el fiscal. Concretamente, se solicitaba para él una pena de 66 años de prisión por 21 delitos: doce contra la integridad moral, cinco de coacciones, tres contra la libertad sexual y otro de asociación ilícita. Ha sido absuelto de todos ellos menos de uno, de abuso sexual continuado con prevalimiento y penetración, por el que le condenan a nueve años de cárcel. Hay que recordar que ya cumplió cuatro años en prisión preventiva y que desde principios de diciembre está en libertad con medidas cautelares.

Cuatro mujeres denunciaron abusos sexuales por parte de Miguel Rosendo, un hombre que trabajaba en distintas herboristerías de Vigo y que en 1997 decide fundar una asociación cristiana que acabó teniendo una «casa madre» en Mougás (Oia). Pero la Audiencia de Pontevedra únicamente considera probado uno de los delitos, por el que le condena. La sentencia indica que esta mujer tenía una relación muy cercana con el fundador de la orden y que este se había convertido «en su auténtico padre y mejor amigo, circunstancia que aprovechó el acusado para satisfacer sus necesidades sexuales».

Empezó haciéndole tocamientos cuando tenía solo nueve años. Le tocaba los pechos mientras la auscultaba en la consulta que tenía. Conforme fue cumpliendo años, las prácticas sexuales fueron a más. Con catorce años le tocó los genitales y con 17, además de los tocamientos, «le mandaba masturbarlo y hacerle felaciones mientras él le sujetaba la cabeza». A los 18 años la penetró vaginalmente. Se le condena a nueve años de cárcel y se le prohíbe también acercarse a menos de 500 metros de la víctima.  

No había adoctrinamiento

La sentencia permite conocer cómo se fue gestando la orden de los miguelianos. Indica que, tras fundarse en 1997 y ser admitida en el registro de entidades religiosas, algunas personas cercanas a Miguel Rosendo se asientan en la citada casa de Oia. A partir de ahí van surgiendo las vocaciones de especial consagración «que de manera voluntaria y libre empiezan a vivir en una comunidad religiosa». Dice el fallo judicial que «no se ha acreditado el empleo de técnicas de adoctrinamiento basadas en la persuasión coercitiva enfocadas al quebranto total o parcial de la personalidad de sus miembros por parte de Miguel Rosendo».

Señala también que no quedó acreditado que el acusado haya realizado actos vejatorios y humillantes con ánimo de quebrantar la resistencia física o moral de las víctimas. Tampoco se considera probado que quienes trabajaban para la orden se viesen sometidos a condiciones laborales o de Seguridad Social que restrinjan o perjudiquen sus derechos. Es más, ni siquiera se considera que las condiciones de los trabajos que desempañaban las impusiese Miguel Rosendo.

Por todo ello se le absuelve de hasta veinte delitos, aunque la sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Especialmente llamativo es que se libre de los delitos de agresión sexual y abuso continuado -salvo en uno de los casos- pese a los duros testimonios que se escucharon en el juicio.

Mejor parados salen todavía los demás acusados en el larguísimo juicio -hubo treinta sesiones- que se siguió en la Audiencia de Pontevedra. Se les absuelve de delitos de asociación ilícita. También se exonera a los dos integrantes de los miguelianos que relataron abusos y prácticas seudorreligiosas, que figuran en la causa en la doble condición de víctimas y acusados.

Ahora habrá que ver qué ocurre con Miguel Rosendo, que salió de la cárcel a principios de diciembre proclamando que él es un «defensor de la dignidad de la mujer». Fue puesto en libertad porque ya habían pasado cuatro años desde su detención en 2014 y se habían agotado las prórrogas para la cárcel preventiva. Su abogado dijo que no volvería a pisar la cárcel porque la condena no superaría los cuatro años. Le cayeron nueve.