¿Es necesario declarar las ganancias de las apuestas deportivas?

La Voz REDACCIÓN

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La normativa que regula esta actividad está recogida en la denominada Ley del Juego y el impuesto comprende la tributación de ingresos dependiendo de su naturaleza

11 ene 2019 . Actualizado a las 12:56 h.

Las apuestas deportivas se han convertido en una importante fuente de ingresos para buena parte de los ciudadanos, con unas entradas en su cuenta corriente sin limitaciones y que irán en función de la rentabilidad de sus operaciones y por supuesto que del capital destinado a estos movimientos en los eventos deportivos de cualquier índole.

En este escenario, la principal duda que asalta a los usuarios de apuestasonline.net es si este dinero tiene que tributarse como ganancias que son realmente. Es decir, si estos ingresos son netos o por el contrario brutos como consecuencia de sus obligaciones fiscales. Será una información muy importante a tener en cuenta para determinar la rentabilidad real que se genera a través de las apuestas.

Declaración de la renta: en función de la cuantía

La normativa que regula esta actividad lúdica en España está integrada en la Ley 13/2011 del 27 de mayo, denominada Ley de Juego. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es la tasa exclusiva que tienen que afrontar los afortunados en las plataformas digitales de apuestas deportivas. Se trata de un impuesto directo en donde tributan ingresos de diversa naturaleza:

  • Rendimientos del trabajo.
  • Rendimientos de capital.
  • Y en general todas las ganancias patrimoniales, entre las que se incluyen las derivadas de las operaciones en el ámbito deportivo.

Es entonces donde surge con frecuencia la duda de si hay que declarar los beneficios de las apuestas. Pues bien, no en todos los casos y dependerá de su cuantía y sobre todo de los rendimientos íntegros del trabajo. Por tanto, habrá que analizar y cuantificar estas dos fuentes de ingresos para dictaminar si al final habrá que declarar o no estos ingresos en la próxima declaración de la renta.

En este sentido, es necesario realizar un balance de todas las operaciones realizadas durante el año. Pero procedentes de todas las casas de apuestas, al igual que sucede con los movimientos en los mercados de renta variable. No pueden individualizarse las plusvalías, sino que su tratamiento es global a pesar de que pueda ser cliente de varias plataformas de apuestas deportivas. Para finalmente disponer del dato preciso sobre las ganancias o pérdidas generadas a través de un balance global.

A partir de 1.600 euros, siempre a pagar

Una vez llegados a esta parte del proceso, será la ocasión para saber cuál es la posición de los apostantes. ¿Cuándo estarán en la obligación de declarar estos beneficios monetarios? Se dan dos escenarios que exponemos a continuación en los que no tendrán más remedio que tributar sus beneficios:

  • Cuando generen una ganancia en el juego online, o en otros rendimientos de capital, superior a 1.600 euros.
  • En los casos de beneficios por encima de 1.000 euros y que estén acompañados por una renta derivada del trabajo superior a 22.000 euros y rendimientos en inversiones (compra y venta de acciones en bolsa, fondos de inversión, depósitos bancarios a plazo fijo, etc.) por un importe superior a 1.600 euros.

Ante este escenario, pueden darse diferentes combinaciones que pueden ser explicadas a través de unos sencillos ejemplos.

  • Un usuario que haya obtenido 1.400 euros como beneficio en sus apuestas online, con unos ingresos brutos en su trabajo de 10.000 euros. El resultante de estos ingresos es que no tendría que declararlo debido a que su rendimiento en el trabajo está por debajo de los límites para hacer efectiva esta declaración.
  • Otra situación consiste en el momento en que los ingresos por el trabajo son de 30.000 euros anuales y en cambio las plusvalías del juego son tan solo 50 euros. En este caso, no habrá que formalizar este apunte contable en ningún momento ya que está por debajo de los límites establecidos en 1.000 y 1.600 euros.

En caso, de que el escenario real derive en que tenga que declarar estos ingresos atípicos no hay un porcentaje fijo sobre el desembolso a realizar. Sino que por el contrario, vendrá determinado por otros ingresos, como por ejemplo el rendimiento del trabajo o como consecuencia de las inversiones. En todos los casos será de manera creciente, es decir a medida que más rentas se atesoren mayor será la autoliquidación en la declaración de la renta.

En cualquier caso, si hubiese beneficios en el juego habrá que exponerlo en la casilla 253 del documento de la declaración de la renta. Concretamente, en el apartado que se refiere a premios obtenidos por la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios.