Revocan la pena de cárcel del médico que atendió a la gimnasta de Vigo que perdió la pierna

E. V. PITA VIGO / LA VOZ

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M. MORALEJO

La Audiencia rebaja la indemnización a la mitad porque cree que el doctor, que recurrirá al Constitucional, solo incurrió en un delito de lesiones menos graves en la tardanza del diagnóstico a Desirée Vila, de 16 años

29 ene 2019 . Actualizado a las 10:12 h.

La Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra, con sede en Vigo, ha revocado parcialmente la condena al médico Pedro Larrauri por la tardanza en un diagnóstico que le costó la amputación de una pierna a la gimnasta de élite viguesa Desirée Vila cuando solo tenía 16 años. El tribunal revoca la pena de dos años de cárcel y la reemplaza por una multa de 9.000 euros por un delito de lesiones imprudentes menos graves. Además, reduce a la mitad la indemnización de 2,1 millones de euros que le obligaban a pagar. El doctor también había sido inhabilitado durante cuatro años para el ejercicio de su profesión, pero ahora esa prohibición ha sido revocada y podrá seguir trabajando en la medicina.

La defensa del doctor había presentado un recurso de apelación que ahora le estiman parcialmente frente a la condena del Juzgado de lo Penal número 3 de Vigo en el año 2016. La Audiencia revoca la condena previa por un delito de lesiones por imprudencia grave, que le suponía prisión, y se lo rebaja a una condena por un delito de lesiones por imprudencia menos grave. Por este motivo, deberá abonar una multa de 9.000 euros. Este cambio de criterio se debe a que, tras los hechos, hubo un cambio legal en el código penal que diferenció estas imprudencias en graves y menos graves. La Audiencia, en consecuencia, aplica el código más beneficioso al reo, como dicta la ley.

El médico trabajaba en la clínica O Castro cuando atendió a la adolescente lesionada cuando practicaba su último triple salto mortal del día en una cama elástica en el gimnasio de su club. Pedro Larrauri considera que la sentencia de la jueza de lo Penal «fue injusta y la más dura contra un médico en España» y que ahora la Audiencia lo sigue declarando culpable. Por eso motivo, va a recurrir ante el Tribunal Constitucional. Alegará indefensión porque en el juicio no le dejaron presentar a sus propios testigos y la acusación presentó a 17. Culpa de todo al cirujano, ya jubilado, que operó en Povisa a la adolescente y lo quiere denunciar.

Confía en que la cobertura de sus seguros le ayuden a pagar las indemnizaciones aunque «tendré que pagar 200.000 euros de mi bolsillo, que no los tengo». Agradece al tribunal que haya reconocido ahora que la salud de la paciente sí le importaba y que cuidó de ella y la vigiló, aunque no hubiese encargado una prueba clave. «Han sido dos años sufriendo por una condena brutal , a la espera de un recurso, el culpable de la amputación fue otro, no yo pero me han puesto de chivo expiatorio. Siento que se ha cometido una injusticia conmigo», afirma. «Si a mí me hubiesen declarando inocente, la niña se habría quedado sin nada», sostiene.

El tribunal también estima parcialmente los recursos del doctor, la clínica y la aseguradora Mapfre al revocar la dos indemnizaciones para el pago de las prótesis hasta que se cuantifique exactamente el coste. Inicialmente, habían sido valoradas en conjunto en 1,5 millones, pero es probable que con el nuevo cálculo se reduzca el importe a la mitad, según estima el abogado defensor de Larrauri, Manuel Carpintero.

Además, la Audiencia revoca la indemnización inicial por el perjuicio estético y lo rebaja a 51.061 euros. También reducen la compensación por las secuelas padecidas a solo 147.356 euros y revocan el pago de cualquier cuantía por el daño moral complementario. En cuanto a la compensación por la pérdida de calidad de vida, esta queda fijada en 50.000 euros. Y, finalmente, revoca cualquier cuantía por gastos sanitarios futuros.

Respecto a las dos prótesis, valoradas en millón y medio inicialmente, tendrán que ser capitalizadas en sentencia ya que las aseguradoras y la defensa creen que su precio es la mitad del estimado por los peritos en el juicio.

La clave para reducir la pena de cárcel a una multa ha sido una reforma legal de la clasificación de los delitos. La Audiencia, tras analizar los diversos elementos presentes en el relato de los hechos y la prueba practicada, ve argumentos sólidos para entender que, partiendo de la nueva diferenciación entre delitos de lesiones por imprudencia graves y menos graves, los hechos atribuidos al doctor Larrauri merecen la consideración de lesiones por imprudencia menos grave. En concreto, la sentencia le veía responsable por la tardanza en el diagnóstico de una isquemia y en la demora por trasladar a la paciente al hospital Povisa para ser operada de urgencia. Cuando llegó, hubo que amputar la pierna. 

Fuentes cercanas a Desirée Vila confirman que la joven ha recibido la noticia con serenidad y alivio ya que la sentencia mantiene su derecho a llevar dos prótesis (la deportiva y la de calle) aunque la cuantía haya que capitalizarla en ejecución de sentencia. Para ella, esa era la clave del juicio. Suponía y no causó sorpresa que la cantidad concedida por la jueza de lo penal, en base a informes periciales, era la máxima posible y podía ser reducida, como así ha ocurrido.

Según un comunicado difundido por el Tribunal Superior, los magistrados destacan que el acusado tuvo que haber realizado pruebas diagnósticas «antes del momento en el que se hicieron», por lo que coincide con la sentencia de instancia en que de los hechos surge «una imprudencia penalmente relevante». No obstante, argumentan que «desde el momento en que cabe diferenciar entre la grave y la menos grave, dado el contenido de la reforma, debería analizarse en cuál de los dos nuevos tipos encajaba la conducta del sospechoso» y concluyen que debe situarse en la menos grave. Por ello, han procedido a la imposición de la única pena prevista legalmente para ese supuesto que es la de multa, pues la nueva regulación no incluye condenas de inhabilitación profesional.

 Así, señala el tribunal que para un médico no experto en problemas vasculares podía existir «cierta dificultad en la ponderación de la urgencia de las actuaciones». Por otro lado, argumentan que hay constancia de que el facultativo «no abandonó a la paciente ni su evolución” y que «adoptó algunas medidas de control, pese a que, lamentablemente, después no actuó en consecuencia». La Audiencia también sostiene que tanto el retraso en la práctica de la primera prueba de imagen como el traslado a otro hospital «no respondió en exclusiva a decisiones de su ámbito». 

«Esto no niega la relevancia penal del hecho de no haber actuado de otra forma que acelerara esas actuaciones, pero sí son elementos a atender en la ponderación», asegura el tribunal.

 La Audiencia ha estimado parcialmente los recursos del traumatólogo, de la clínica y de la aseguradora implicada en cuanto a las responsabilidades civiles. Así, ha anulado la condena al pago de 2.154.684 euros para prótesis y ha ordenado la cuantificación de las mismas en ejecución de sentencia de acuerdo con tres factores: pérdida de calidad de vida, edad de la víctima y años de recambio de cada prótesis.