El Constitucional rechaza revisar la condena de cárcel de Urdangarin

La Voz REDACCIÓN

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| EFE
Ballesteros

El tribunal señala que el recurso carece de especial trascendencia jurídica para ser admitido

13 mar 2019 . Actualizado a las 14:24 h.

El Tribunal Constitucional (TC) no ha admitido el recurso de amparo presentado el pasado mes de noviembre por el exduque de Palma Iñaki Urdangain contra la condena a cinco años y diez meses de cárcel que le impuso el Tribunal Supremo por el caso Nóos.

El Tribunal señala que el recurso carece de especial trascendencia constitucional para ser admitido conforme establece la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, han informado fuentes del órgano de garantías. 

El marido de la infanta Cristina de Borbón solicitaba que se declararan vulnerados los derechos a la presunción de inocencia (artículo 24.2 de la Constitución), a la tutela judicial efectiva (artículo 24.1) y a la libertad personal (articulo 17.1). Reclamaba así, que se declaren nulas las sentencias tanto de la Audiencia balear y del Supremo en especial en cuanto a la condena por malversación de caudales públicos.

La pena se le impuso como responsable de delitos de prevaricación continuada y malversación (ambos en concurso), tráfico de influencias, fraude a la Administración y dos delitos fiscales, pero Urdangarin pedía que se le anulara únicamente respecto a la malversación.