Cambios en los trámites de las adopciones internacionales

Redacción LA VOZ

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El Gobierno aprueba un nuevo reglamento con el principal objetivo de agilizar los procesos y reducir los tiempos

22 mar 2019 . Actualizado a las 20:20 h.

En el 2004, España registró su récord de adopciones internacionales, 5.541. Desde entonces, las cifras no han hecho más que caer: en el 2017 solo llegaron a España 531 niños. Son varias las causas que explican este desplome, desde cambios en las políticas de protección en los países de origen hasta conciencia social de los problemas que puede conllevar la adopción, pero la principal es el proceso, lo farragoso del trámite, las cargas burocráticas. El Gobierno dio luz verde este viernes a un reglamento que persigue reducir los tiempos, agilizar los procedimientos y otorgar mayor seguridad jurídica a los menores y las familias adoptantes.

Así lo anunció la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, en la que explicó que este reglamento contempla, además, la creación de un Registro Nacional de Organismos acreditados de adopción internacional y de reclamaciones e incidencias. La nueva regulación permite a las familias elegir el organismo acreditado con el que gestionar su procedimiento y fija un único modelo de contrato e idénticos costes de los trámites.

Será la Dirección General de Servicios para las Familias y la Infancia del Ministerio de Sanidad la que iniciará, suspenderá o paralizará la tramitación de las adopciones con los países de origen de los menores, recoge Efe. Esta dirección, previa consulta a las comunidades autónomas, determinará el número de expedientes nuevos que pueden tramitarse con cada país. Con este sistema, Sanidad pretende evitar que se acumulen expedientes en esos países y adecuar las necesidades de los menores a los ofrecimientos de las familias adoptantes. Así, se reducirán los tiempos de tramitación, subraya el Ministerio.

El reglamento, que desarrolla la Ley del Sistema de Protección a la Infancia y a la Adolescencia y modifica la Ley de Adopción Internacional, también fija que sea Sanidad quien acredite a las entidades colaboradoras, que necesitarán contar con el visto bueno de las comunidades autónomas. Las familias podrán elegir el organismo con el que tramitar su proceso de adopción, pero el modelo de contrato y los costes de los trámites serán los mismos. Estas entidades tendrán que rendir cuentas sobre su actividad y serán controladas tanto por las autonomías como por el Estado: las primeras vigilarán su actividad en España y el segundo las que realicen en el extranjero.

Una comisión técnica de seguimiento y control implantará un sistema de calidad y auditoría de estos organismos. Para tramitar las adopciones internacionales, el Ministerio contará con el informe de Asuntos Exteriores, la información de las entidades acreditadas y la consulta previa a la Comisión Delegada de Servicios Sociales del Consejo Territorial.