El Constitucional avala que Puigdemont concurra a las elecciones europeas

Efe MADRID

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Puigdemont, junto a los dos otros huidos en Bélgica (en los extremos), y su abogado.
Puigdemont, junto a los dos otros huidos en Bélgica (en los extremos), y su abogado. Lara Malvesí

Rechaza por unanimidad el recurso de Ciudadanos, y anticipa la misma respuesta para el presentado por el PP

09 may 2019 . Actualizado a las 14:28 h.

El Tribunal Constitucional ha avalado que el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los exconsellers Antoni Comín y Clara Ponsatí, todos ellos fugados en Bélgica, se presenten a las elecciones europeas, al no admitir a trámite el recurso de amparo presentado por Ciudadanos contra sus candidaturas.

La Sala Primera del Constitucional rechaza por unanimidad admitir el recurso de ese partido contra las decisión judicial que permitió a esos dirigentes secesionistas concurrir a las elecciones del 26 de mayo pese a haber salido de España para evitar ser juzgados por el procés.

El Tribunal considera que no existe violación de un derecho fundamental tutelable en amparo, como alegaba Ciudadanos en su recurso contra la decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid que permitió a Puigdemont, Ponsatý Comín concurrir en la candidatura de Lliures per Europa (Junts).

El principal argumento del alto tribunal es que si los juzgados que avalaron esas candidaturas «resolvieron en virtud de una interpretación flexible y favorable del ejercicio de los derechos fundamentales», ello no conlleva «discriminación alguna a las demás candidaturas». «La igualdad que en este caso la Constitución preserva es sólo la que existe en el seno de la libre concurrencia entre opciones diferentes, sin que por ello se menoscabe derecho fundamental alguno de todos cuantos pretendan, reclamando para ello el apoyo electoral de sus conciudadanos, acceder al cargo público», recalca.

El partido de Albert Rivera argumentaba que esa medida judicial vulneraba el derecho fundamental a la igualdad en el acceso a las funciones públicas, al estimar que se han incumplido los requisitos legales de inscripción en el censo electoral. Asimismo, consideraba que podría haberse violado el derecho a la tutela judicial efectiva.

La resolución del TC anticipa la que previsiblemente adoptará hoy mismo respecto a los recursos que el PP ha presentado contra tres resoluciones judiciales que también permitieron las candidaturas de los tres políticos independentistas.