Bruselas denuncia las multas salvajes por no declarar bienes en el extranjero

Cristina Porteiro
Cristina Porteiro BRUSELAS / LA VOZ

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Ballesteros|EFE

Lleva a España ante la Justicia Europea por unas sanciones que considera «desproporcionadas y discriminatorias»

07 jun 2019 . Actualizado a las 07:55 h.

Sobre el papel parece un formulario inofensivo, pero el «modelo 720» lleva aterrorizando desde el 2013 a miles de contribuyentes españoles. En concreto, a aquellos que cuentan con un patrimonio superior a los 50.000 euros en el extranjero, que desde hace seis años están obligados a declarar todos sus bienes fuera del país. Fue una de las medidas estrella del anterior Gobierno, cuando Cristóbal Montoro dirigía el Ministerio de Hacienda, para luchar contra la evasión fiscal. Sembró el pánico entre los más pudientes que, en algunos casos por ignorancia y en otros casos de forma deliberada, no declararon en tiempo y forma sus propiedades, activos financieros o cuentas bancarias en terceros países.

El castigo para los infractores fue en ocasiones hasta 50 veces superior a las sanciones impuestas a aquellos que ocultaron rentas similares en territorio nacional. En algunos casos, incluso, llegaron a superar el valor de los activos en el extranjero. Un correctivo «desproporcionado» y «discriminatorio» a ojos de la Comisión Europea que, cuatro años después de abrir expediente a España por este asunto, ha decidido llevarlo ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ante la negativa del Gobierno de dar marcha atrás. «Estas disposiciones entran en conflicto con las libertades fundamentales de la UE», señalaron este jueves en Bruselas. Las autoridades europeas creen que restringe la libre circulación de personas, la de trabajadores y la de establecimiento: «Pueden disuadir a las empresas y a los particulares de invertir o circular a través de las fronteras en el mercado único». 

Arsenal de multas

Hacienda dispone actualmente de un potente arsenal sancionador para reconvenir a los defraudadores. Sus inspectores pueden imponer multas de hasta 5.000 euros por cada dato incorrecto u omitido en la declaración de bienes en el extranjero, aunque la sanción requiere incurrir como mínimo en dos errores (10.000 euros). Pero eso es solo el aperitivo. A mayores, la Agencia Tributaria puede imputar en el IRPF del último ejercicio fiscal el valor de los bienes extranjeros e imponer otra sanción de hasta el 150 % del valor total de los activos en el exterior.

La medida, aprobada por el Gobierno del PP en plena crisis económica, recibió duras críticas de voces, no solo de la Comisión Europea, que la consideran confiscatoria. Algunas consultoras, en defensa de sus clientes, presentaron denuncias ante las autoridades comunitarias el mismo año en el que entró en vigor, quejándose de las sanciones salvajes previstas en caso de incumplimiento. Y ponían ejemplos como el de un contribuyente que, con tres cuentas no declaradas en el extranjero con un saldo total de 60.000, recibió una multa que sobrepasaba el importe de esos ahorros: 75.000 euros. Cifras que contrastan con la doble vara de medir que se aplicó a los defraudadores con activos en España, mucho mejor tratados con la amnistía fiscal. 

Próximos pasos

El caso ya se encuentra en manos del TJUE. El Tribunal de Luxemburgo suele disponer de 18 meses de media para dictar una sentencia firme que podría acarrear sanciones financieras a España si se demuestra que el régimen de sanciones es incompatible con la legislación europea y sus tratados.