El juez rechaza investigar a Zapatero por colaborar con ETA

M. B. / P. R. MADRID / COLPISA

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Fernando Bizerra | efe

Pedraz reprocha a Vox que haya usado «fuegos de artificio» para «adornar» su querella

18 jul 2019 . Actualizado a las 21:52 h.

Nueva querella de Vox contra rivales políticos inadmitida. El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz rechazó este jueves tramitar la acción penal presentada por el partido de Santiago Abascal contra el expresidente del Gobierno por delitos de colaboración con organización terrorista, revelación de secretos y omisión del deber de perseguir delitos.

La querella sostenía que Zapatero, entre el 2005 y el 2007, era conocedor de que ETA estaba fabricando explosivos, negoció con ella y le proporcionó información reservada, ofreciéndole influir en el Estado francés. También denunciaba que informó al mediador de que Francia preparaba un importante golpe contra la banda -la operación Faisán- y que, dentro de la negociación, se comprometió a no realizar detenciones.

En un auto, Pedraz hace suyos los argumentos de la Fiscalía contrarios a la admisión de la querella y señala que «es de todo punto obvio que los hechos denunciados estimados como delictivos, aparte de no tener sustento probatorio alguno, sin verosimilitud y fundamentación alguna, no constituyen delito alguno», a lo que se une que el de la colaboración con organización terrorista ya viene descartado por el Tribunal Supremo en casos similares. Y reprocha a Vox los «meros fuegos de artificio destinados a adornar una querella ya de por si ayuna de todo sustento fáctico y jurídico». 

Aval de Estrasburgo

Por otra parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha avalado la decisión de la Audiencia Nacional, que negó el derecho a indemnización como víctimas del terrorismo a familiares de presuntos etarras asesinados por los GAL y otros grupos terroristas en Francia. Una decena de allegados de supuestos miembros de ETA habían recurrido a Estrasburgo al considerar que se había vulnerado la presunción de inocencia de sus familiares, que nunca fueron condenados en España por pertenencia a ETA. El tribunal europeo ha dictaminado, sin embargo, que la presunción de inocencia no puede aplicarse a un proceso de indemnización, y ha desestimado las demandas.

Entre los demandantes se encuentra la viuda de Enrique Gómez Álvarez, asesinado por el Batallón Vasco Español en 1979. Reconocidos como familiares de víctimas del terrorismo, la mayoría habían recibido compensaciones del Estado desde 1999. Sin embargo, en el 2012 pidieron otra compensación de acuerdo con la nueva ley del 2011 y les fue denegada. Interior se basó en una provisión de la norma que permitía rechazar la compensación a aquellos que habían estado a su vez involucrados en actos terroristas.