¡Abajo España! ¡Viva Luxemburgo!

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JOHANNA GERON | Reuters

20 dic 2019 . Actualizado a las 14:11 h.

Los nacionalistas, al contrario que los demócratas respetuosos con el Estado de derecho, afrontan de una forma tan atrabiliaria como obscena las decisiones judiciales: las desprecian, como pronunciamientos políticos dictados por jueces serviles al poder ejecutivo, cuando les son desfavorables, pero las elevan a la categoría de verdades reveladas cuando les dan de algún modo la razón.

Por eso, y como era de esperar, solo conocerse la sentencia de la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la UE declarando que Junqueras adquirió la condición de eurodiputado y por tanto la inmunidad que aquella lleva aparejada desde el día en que fue proclamado electo por la Junta Electoral, comenzaron los nacionalistas a tirar por elevación con el claro y disparatado objetivo de subirse a lomos de esa decisión para desautorizar de plano la sentencia que condenó a Junqueras por sedición y malversación a 13 años de privación de libertad y de inhabilitación. ¡Abajo España! ¡Viva Luxemburgo!

Pero aunque la sentencia del TJUE supone una varapalo para el Tribunal Supremo —que, siguiendo el criterio de la Abogacía del Estado, nunca debería haber planteado ante aquel la cuestión prejudicial cuya respuesta lo ha dejado en mala posición—, lo cierto es que el pronunciamiento del tribunal europeo no afecta para nada a la plena validez del proceso en que Junqueras y otros dirigentes separatistas fueron condenados. Esa es la cuestión fundamental que debe quedar clara en medio del ruido infernal que han organizado los independentistas no solo para desprestigiar, dentro y fuera de España, a nuestro sistema judicial sino también para intentar sacar tajada a favor de quien hoy cumple prisión por la comisión de gravísimos delitos en virtud de una sentencia firme que dictó el Supremo en un proceso que quedó visto para sentencia el 12 de junio, un día antes de que Junqueras fuera proclamado electo y adquiriese automáticamente —según la, a mi juicio, errática sentencia del TJUE— la inmunidad parlamentaria.

Para decirlo claro y pronto: solo cuando el juicio del procés, desarrollado con todas las garantías imaginables, había ya acabado, adquirió Junqueras una inmunidad que, según el TJUE, lo mantuvo injustamente en prisión provisional, pero sin que ello puede afectar en modo alguno ni a la legalidad del juicio mismo ni a la de la sentencia que cuatro meses después le puso fin con la condena, entre otros de Junqueras.

¿Debería ahora, a la vista de lo sentenciado por el Tribunal de Luxemburgo, solicitar el Supremo un suplicatoria al Parlamento europeo para obtener la suspensión de la inmunidad de Junqueras como condición para ejecutar su sentencia condenatoria firme y mantenerlo en prisión cumpliendo su pena de privación de libertad? Tampoco respecto esta cuestión, que es la que se deriva sobre todo de la decisión del TJUE, parece que exista duda alguna: y que es, dado que según la legislación española no hay que pedir un suplicatorio para ejecutar la condena contra un miembro de las Cortes, tampoco habría que hacerlo ahora en el caso de Junqueras.

El presidente del Parlamento Europeo, el diputado socialista italiano David Sassoli, tuvo anteayer el inadmisible atrevimiento de leerle a España la cartilla con una ofensiva admonición sobre la necesidad de que nuestro país cumpla la sentencia del Tribunal de Luxemburgo. Quédese tranquilo el diputado italiano, pues en España, a diferencia de lo ocurrido en su país durante décadas, nunca la inmunidad parlamentaria ha sido una patente de corso de la que han abusado presuntos delincuentes para sustraerse a la acción de la justicia. Confiemos en que nuestro Tribunal Supremo no se deje ahora impresionar por las baladronadas de los separatistas y no permita que suceda con Junqueras lo que jamás ha acontecido en el pasado.