La Fiscalía se opone al permiso de salida de Romeva para ir a trabajar

La Voz REDACCIÓN

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El exonsejero Raül Romeva sale de prisión en aplicación del artículo 100.2 para ir a trabajar
El exonsejero Raül Romeva sale de prisión en aplicación del artículo 100.2 para ir a trabajar

Rechaza que trabaje para una entidad porque hay «cierta similitud entre esta actividad y la que realizaba como conseller, lo que no le impidió cometer el delito»

06 mar 2020 . Actualizado a las 19:02 h.

La Fiscalía se ha opuesto a que el exconseller de Asuntos Exteriores de la Generalitat Raül Romeva, condenado por el proceso soberanista, pueda salir de la cárcel de Lledoners (Barcelona) para trabajar en la entidad Asociació Districte 11 City to City para evaluar el cumplimiento de los Acuerdos de Dayton en Bosnia, al apreciar «cierta similitud» con su actividad como conseller.

En un escrito, el Ministerio Público rechaza que Romeva salga de la cárcel tres días a la semana durante seis horas para trabajar en esta entidad porque allí organizará toda la actualización de la cooperación entre Cataluña y Bosnia, y «se aprecia cierta similitud entre esta actividad y la que realizaba como conseller, lo que no le impidió cometer el delito».

El fiscal argumenta que «nadie duda de su extenso conocimiento y empatía con la situación de Bosnia, pero ello no constituye tratamiento alguno», puesto que sus amplios conocimientos sobre la materia y su preocupación por el conflicto bosnio, no solo son anteriores a la comisión delictiva, sino que en modo alguno le impidieron realizarla, recalca en su texto.

Constata que el área laboral «no es un déficit que haya que trabajar en el interno», puesto que tiene una relevante trayectoria universitaria y antes de entrar en prisión tenía trabajo, y augura que cuando salga en libertad no tendrá ningún problema para obtener trabajo en el exterior, dada su preparación --en prisión está realizando su segunda tesis doctoral--.

Para el Ministerio Fiscal, el programa de tratamiento acorde con la tipología delictiva debería «enseñar a respetar la ley, a que solo se puede conseguir aquello que se desea utilizando los mecanismos legalmente establecidos en la normativa que rige nuestro Estado Social y Democrático de Derecho», informa Europa Press.

No tendrá influencia positiva

Así, asegura que el artículo 100.2 «no influirá de forma positiva en las carencias tratamentales del interno, puesto que a través de su concesión, facilitando el trabajo del penado en el exterior, no se produce ningún efecto tratamental».

Insiste en que el área laboral no tiene «ninguna relación» con la tipología delictiva por la que el interno cumple condena, por lo que no ve ningún efecto tratamental, puesto que el interno no cometió los delitos por una necesidad económica, sino que el interno cometió un delito contra el Orden Público y la Administración Pública.

El fiscal también resalta que Romeva, condenado a 12 años de la cárcel, no ha cumplido todavía un cuarto de la pena, no ha tenido permisos penitenciarios, y que la cárcel también tiene fines de retribución y prevención, de «intimidación al conjunto de la sociedad y al propio delincuente para disuadir mediante ella de la comisión de nuevos delitos».

El Ministerio Fiscal se ha opuesto a la aplicación del 100.2 a otros presos del 1-O como el presidente de Òmnium, Jordi Cuixart, si bien la aplicación de este precepto fue avalado para él este jueves por la jueza de vigilancia penitenciaria.