Despido procedente por llamar «gilipollas» al hijo de los jefes

S. C. REDACCIÓN / LA VOZ

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M.MORALEJO

Una dependienta de una tienda de vestidos de novia acabó en la calle por insultar al encargado

25 mar 2020 . Actualizado a las 08:43 h.

Insultar a un compañero de trabajo puede llegar a ser causa de despido. Y si ese compañero es, además, el hijo del jefe, la cosa se pone todavía peor. Al menos eso es lo que se deduce de un fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Cáceres, que esta semana declaraba procedente el cese de una trabajadora después de que esta tuviera un serio encontronazo con el vástago de sus superiores. Los hechos ocurrieron en septiembre del 2019, cuando la empleada, que llevaba más de veinte años prestando sus servicios como dependienta en un negocio de trajes de novia, se dirigió al encargado del local, a la sazón, hijo de los dueños, diciéndole en voz alta que era un «gilipollas, un niñato» y que no valía «para nada». El ofendido había asumido las funciones de gestión y supervisión de la tienda pocas semanas antes del encontronazo, del que fueron testigo otras dos compañeras que en aquel momento se encontraban en el taller. A pesar de los insultos, decidió no dar ninguna respuesta a las palabras de su compañera y llamó a su madre para que esta le dijera «qué tenía que hacer».

No fue el único episodio tenso que protagonizó la trabajadora. Seis días después de insultar al encargado, volvió a dirigirse a gritos a la dueña para pedirle «que le firmara el paro y que se gastara la indemnización que a ella le correspondiese en medicinas».

Tal y como recoge la sentencia, el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores establece que «las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares que convivan con ellos» son incumplimientos contractuales que pueden provocar el cese disciplinario.

Dice ahora el juez que «nadie puede poner en tela de juicio que las expresiones proferidas [por la empleada y dirigidas al hijo de los dueños] son objetivamente ofensivas». Además, asegura que según se deduce de los testimonios de las compañeras, no existía un motivo o provocación previa que las justificase. Y añade: «No se trata de que alguien con mando y mala fe abuse de su posición coyuntural y el trabajador se lo eche en cara con razón y malos modos».

Considera también el magistrado que la trabajadora pudo haberse disculpado por su salida de tono «en caliente o en frío» pero que, lejos de pedir perdón, volvió a protagonizar un segundo desplante con la dueña del negocio dirigiéndose a ella «sin ambigüedad ni confusión que valga».

Tampoco vale como excusa la actitud que pudieron tener los superiores con ella. Porque tal y como asegura el juez, «si la empresa menoscabó antes sus derechos y la abocó a una situación de fundado disgusto que explicase su reacción, pudo y debió hacerlo valer en su momento. Los hechos posteriores evidencian que si tenía razones, las perdió».