La española Lesac le gana la batalla judicial al gigante Armani

Sara Cabrero
S. Cabrero REDACCIÓN / LA VOZ

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La Justicia le da la razón a la madrileña en su oposición al registro de las palabras Le Sac por parte del grupo italiano

27 mar 2020 . Actualizado a las 18:17 h.

Una pequeña firma española se ha impuesto al gigante Giorgio Armani. Lesac le ha ganado la partida después de que el Tribunal General de la Unión Europea (TUE) fallara a su favor en un conflicto de marcas. El problema surgió tras el deseo de los italianos de registrar como marca «Le Sac» (que traducido del francés significaría «El Bolso») para vender a través de ella toda clase de artículos de marroquinería.

La enseña patria -que había inscrito su nombre mucho antes que los italianos- se plantó y arrancó un conflicto en el que ya lleva inmersa varios años.

En el 2014, Giorgio Armani acudía a la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE (EUIPO) para tratar de registrar un signo figurativo que contenía las palabras «Le Sac». Querían utilizar este denominativo para vender bolsos y diversos artículos de marroquinería y de viaje, así como para etiquetar algunas de sus prendas de vestir.

Con los españoles se toparon. En abril del 2015, la firma madrileña se opuso a las pretensiones de Armani alegando que había riesgo de que los consumidores confundieran ambas enseñas. Tenían sus razones. La primera y más valiosa era que ellos habían llegado antes. Alegaron que la denominativa «Lesac» ya había sido registrada por ellos para vender bolsos, bolsas, maletas y carteras de cuero. Y tenían más argumentos. Porque también habían inscrito dos marcas figurativas idénticas para vender por un lado ropa, calzado y sombrerería; y por otro, ofrecer servicios de venta al por menor.

La Justicia, de su lado

Durante los primeros compases de este conflicto, la EUIPO estimó la oposición en ambos casos y le dio la razón a los de Madrid. Los italianos no tiraron la toalla. En noviembre del 2017,recurrieron ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la UE. Tampoco entonces obtuvieron el resultado que esperaban. Desestimaron su recurso y aseguraron que efectivamente había riesgo de confusión entre las marcas, dado que algunos de los productos designados por las marcas de la sociedad italiana y del empresario madrileño eran similares y que las enseñas presentaban «un grado de similitud superior a la media en los planos gráfico y fonético».

A Luxemburgo

Los italianos probaron suerte en otra puerta. Giorgio Armani recurrió entonces al Tribunal General, con sede en Luxemburgo. Tampoco le salió bien la jugada.

En una sentencia publicada ayer, el TUE desestima los recursos que los italianos interpusieron ante la Justicia europea contra las decisiones de la EUIPO. Considera el tribunal que la Oficina europea de Propiedad Intelectual no se equivocó al declarar la existencia del riesgo de confusión. Dicen que existe entre un «escaso y medio» grado de similitud entre los productos y servicios que ambos venden y en lo que a nivel gráfico se refiere, el parecido entre los dos denominativos es «superior a la media».

Con todos estos argumentos sobre la mesa, los jueces europeos llegan a la misma conclusión la que sus colegas de la EUIPO. La razón, y la marca, es de la empresa española.