El Gobierno prohíbe por ley los despidos por causas objetivas durante la crisis del coronavirus

Gabriel Lemos / S. Cabrero REDACCIÓN | LA VOZ

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Ricardo Rubio | Europa Press

La ministra de Trabajo asegura que revisarán de oficio todos los ERTE que se están aprobando estos días y, en caso de observar algún tipo de fraude, se obligará a las empresas a devolver «hasta el último céntimo de euro»

27 mar 2020 . Actualizado a las 20:47 h.

«Nadie puede aprovecharse de esta crisis sanitaria para despedir», así de categórica se mostró la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros de este viernes. Tal y como aseguró la titular de la cartera de empleo, las empresas no podrán despedir alegando para ello las pérdidas o la caída de la actividad provocada por el confinamiento al que ha obligado la expansión del coronavirus. Así lo acordó este viernes el Consejo de Ministros en una reunión extraordinaria en la que se ampliaron las medidas para tratar de contener la enorme crisis económica que dejará tras de sí la pandemia. Estos son todas las claves del decreto aprobado ayer y cuya publicación en el Boletín Oficial del Estado todavía está pendiente.

Despidos

A falta de conocer la letra pequeña de ese decreto, lo que avanzó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, fue que no se permitirán los despidos objetivos (los más baratos, a razón de 20 días por año y un tope de una anualidad de salario) por causas económicas, organizativas o de producción provocadas por la crisis del COVID-19, ni tampoco los provocados por fuerza mayor.

Sin embargo, como explican abogados laboralistas, esto no implica que se prohíban los despidos, ya que se podrán seguir haciendo por otros motivos, por ejemplo disciplinarios, o por esas mismas causas económicas, aunque serán considerados improcedentes y habrá que abonar una indemnización más alta (33 días por año, con un tope de 24 meses). De hecho la propia Díaz reconoció el alcance limitado de este veto, que no tendrá efecto retroactivo, al señalar que tendrán que ser los tribunales los que juzguen a posteriori la improcedencia de una extinción de contrato si esta es recurrida.

«Nadie puede aprovecharse de esta crisis para despedir», argumentó la ministra para justificar esta medida, similar a la que han adoptado otros países como Italia. Y lo hizo recordando que las empresas golpeadas por una caída de la actividad pueden hacer un ERTE, ya que se les ha simplificado la tramitación de los mismos, y eso les permitiría ya ahorrarse el salario del trabajador mientras dure el estado de alarma y, si es por fuerza mayor, también la cotización a la Seguridad Social.

Formulario para solicitar el ERTE

Tal y como viene anunciando el Gobierno en las últimas semanas, se van a agilizar los trámites para solicitar un ERTE. El Gobierno avanzó ayer en la agilización de los expedientes de regulación temporal de empleo, la herramienta con la que pretende dejar en hibernación el tejido productivo y laboral para facilitar su reactivación, con las menores bajas, cuando se decrete el fin de la cuarentena masiva. Para ello, permitirá que se activen por silencio administrativo cuando se supere el plazo para su reconocimiento expreso, consciente de la avalancha de expedientes, que están colapsando los servicios de tramitación.

De esta forma, la prestación de desempleo la solicitará directamente el empresario que ha tramitado el expediente, lo que permitirá agilizar los trámites para que los empleados puedan cobrar cuanto antes. Díaz aseguró que se habilitará un formulario que cubrirán las empresas con datos muy sencillos de los trabajadores (solo tendrán que consignar el nombre del trabajador afectado, el DNI, la base reguladora de cotización y el número de cuenta bancaria) y, posteriormente, se mandará ese documento al SEPE. «Vamos a reconocer las prestaciones por desempleo con mucha rapidez», apuntó Díaz.

La ministra también recordó que tienen derecho a esta prestación incluso quienes no hayan cotizado lo suficiente y que, una vez pasada la crisis del coronavirus, se pondrá el contador a cero.

Revisar los expedientes

A pesar de esa manga ancha inicial, Díaz advirtió que cuando esta situación pase la Inspección revisará de oficio todos y cada uno de los ERTE que ahora se presenten, y que en caso de que se detecte algún abuso o fraude por parte de empresas que no cumplen los requisitos para hacer un ajuste laboral, se les exigirá que devuelvan «hasta el último céntimo de euro» de fondos públicos recibidos, tanto por la exoneración de cuotas como por las prestaciones de desempleo de sus trabajadores.

Cobro con hijos

En un primer momento, se reconocerá y pagará simplemente la prestación por desempleo. Eso sí, en caso de que el beneficiario tenga hijos, se le pagará el complemento correspondiente a posteriori. Recordó Díaz que en caso de tener un hijo la prestación máxima es de 1.254 euros al mes y con dos se superan los 1.400 euros.

ERTE para cooperativistas

El Consejo de Ministros también dio el visto bueno a la posibilidad de que los consejos rectores de los socios cooperativistas puedan presentar un ERTE. 

Seis meses de mantenimiento de empleo

Durante la ronda de preguntas, la ministra fue cuestionada por la petición de algunos empresarios de que se suprima la condición de mantener el empleo durante seis meses después de haberse acogido a un ERTE. En este sentido, Díaz fue categórica y remarcó que la legislación que regula estos expedientes exige normalmente el mantenimiento de los puestos de trabajo durante un año, mientras que ahora se pide solo seis meses: «Todo el mundo está sufriendo las consecuencias de esta enorme crisis sanitaria y hay muchas empresas que están siendo ejemplares», apuntó para, acto seguido, reincidir en su solicitud a todas las compañías de que mantengan sus puestos de trabajo.

Contratos temporales

El tiempo en que la empresa está sin actividad no se descontará de su duración. En relación con los trabajadores temporales, que han sido los primeros paganos de esta crisis, con extinciones masivas de contratos en la antesala del confinamiento y en los primeros días del mismo, Díaz anunció este viernes que el tiempo en el que la actividad de su empresa esté interrumpida por la crisis sanitaria no se contabilizará en el cómputo del contrato eventual. Se quiere garantizar así que alcancen la duración máxima pactada, sin perjuicio para el empleado.

¿Prohibir más actividades económicas?

No es descartable. La portavoz del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, confirmó que todo el Gobierno está trabajando «anticipadamente» en las posibles medidas que pudiesen requerir las autoridades sanitarias, como una mayor limitación de la circulación y de las actividades económicas e industriales, con el fin de implementarlas «inmediatamente» si es necesario. 

Montero recordó que la emergencia snitaria es «la prioridad» y «todos los servidores públicos tienen que estar a disposición de lo que marquen las autoridades sanitarias». Dice la ministra que cada departamento trabaja «en todos los escenarios posibles» para que en el momento en el que las autoridades sanitarias dictaminen, en función de la evidencia científica y los datos de los expertos, la necesidad de medidas adicionales, estas puedan estar preparadas «inmediatamente» y dictarse «en el minuto cero».