El Gobierno endurece las sanciones por presentar ERTE fraudulentos

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Trabajo considerará infracción muy grave «efectuar declaraciones o facilitar y comunicar datos falsos o inexactos» que den lugar al cobro de prestaciones indebidas

22 abr 2020 . Actualizado a las 16:15 h.

El Gobierno da un paso adelante y endurecerá las sanciones por la presentación de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) fraudulentos. Aprovechando la publicación del Real Decreto-ley de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía aprobado este martes, el Ejecutivo ha modificado el texto de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social para que se considere como infracción «muy grave» efectuar declaraciones o facilitar, comunicar o consignar datos falsos o inexactos que den lugar a que los trabajadores obtengan o disfruten indebidamente de prestaciones.

En la redacción anterior de este apartado se requería el falseamiento de documentos para calificar la infracción como «muy grave». Ahora bastará con que se efectúen declaraciones o se den datos falsos o inexactos para que esta acción constituya una infracción muy grave en materia de Seguridad Social. Estas infracciones conllevan una multa de 6.251 a 25.000 euros en su grado mínimo; de 25.001 a 100.005 euros en su grado medio, y de 100.006 a 187.515 euros en su grado máximo.

Además, el Gobierno recoge que todas aquellas empresas que declaren datos falsos o inexactos en los ERTE deberán responder de manera «solidaria» con la devolución de las cantidades indebidamente percibidas por los trabajadores (prestaciones por desempleo y exoneración de cotizaciones en el caso de los ERTE derivados de la crisis sanitaria).

En todo caso, el Ejecutivo ha añadido un nuevo apartado al artículo 43 de la Ley de Infracciones del Orden Social para que las empresas que presenten ERTE fraudulentos respondan «directamente» de la devolución de las cantidades indebidamente percibidas por la persona trabajadora, «siempre que no concurra dolo o culpa de esta».