Tiendas, peluquerías o dentistas podrán acogerse a la moratoria de la Seguridad Social

LA VOZ REDACCIÓN

ACTUALIDAD

Eduardo Sanz | EUROPA PRESS

La esperada orden ministerial permitirá diferir el pago de las cuotas de mayo a julio a una docena de sectores

28 abr 2020 . Actualizado a las 15:05 h.

La moratoria del pago de las cuotas de la Seguridad Social será, finalmente, sectorial. A ella podrán acogerse una docena de actividad económicas, desde panaderías a peluquerías, dentistas, fontanerías y otros comercios, que podrán diferir durante seis meses y sin intereses el abono de las cotizaciones sociales de mayo a julio, según se recoge en la orden ministerial publicada este martes.

 El texto, recogido en el Boletín Oficial del Estado (BOE), detalla quiénes pueden optar a esta medida, aprobada a finales de marzo, junto con la posibilidad de aplazar las cuotas a un interés reducido. Podrán solicitar la moratoria las empresas y autónomos de actividades como cultivos, impresión y artes gráficas, carpintería metálica, fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado o instalación de carpintería. También de comercios al por menor no especializados, tiendas de alimentos, bebidas y tabaco, además de comercio o panaderías, confiterías y pastelerías, agencias de publicidad, actividades odontológicas, peluquería y establecimientos que realicen otros tratamientos de belleza.

Los interesados en retrasar el pago de las cuotas deberán solicitarlo (por el sistema RED o a través de la sede electrónica de la Seguridad Social) entre los días 1 y 10 del mes en el que estas venzan. De concedérsele, el comienzo del abono de las cotizaciones se retrasaría al mes de noviembre y sucesivos, sin que se les aplique ningún interés.

El ministerio del que es titular José Luis Escrivá recuerda, asimismo, que para el resto de empresas y autónomos cuyas actividades no estén incluidas entre las susceptibles de acogerse a la moratoria de cuotas, podrán solicitar el aplazamiento del pago de las cotizaciones sociales de abril, mayo y junio, a un interés reducido del 0,5 %, siete veces inferior al habitual.

Moratoria y aplazamiento, incompatibles

Para el resto de empresas y autónomos, cuya actividad no se encuentre entre las indicadas, el Gobierno recuerda que pueden solicitar un aplazamiento de las cotizaciones sociales con un tipo de interés del 0,5 %, siete veces inferior al habitual para los pagos que debían realizar en los meses de abril, mayo y junio. Cabe recordar, asimismo, que el Gobierno declaró incompatibles la moratoria y el aplazamiento de cuotas la pasada semana, en su último decreto ómnibus con medidas económicas por el covid-19, de modo que beneficiarse de una de las fórmulas elimina la posibilidad de hacerlo de la otra.