Los autónomos mantendrán la ayuda si acreditan caídas de ingresos del 75 % y el resto tendrán rebajas en la cuota

G. Lemos REDACCIÓN / LA VOZ

ACTUALIDAD

MARTINA MISER

La exoneración será del 100 % en julio, del 50 % en agosto y del 25 % en septiembre

25 jun 2020 . Actualizado a las 18:15 h.

Además del pacto para renovar los ERTE, el Gobierno desbloqueó ayer otro acuerdo clave: la prórroga de las ayudas a los autónomos hasta después del verano. El Ministerio de Seguridad Social y las tres organizaciones principales del sector (UPTA, ATA y UATAE) consensuaron la finalización de la prestación extraordinaria por cese de actividad, que durante el confinamiento y la desescalada ha servido de sostén a más de 1,4 millones de trabajadores por cuenta propia (unos 85.000 de ellos en Galicia), que ingresaban cada mes una nómina equivalente al 70 % de su base reguladora, con un mínimo de 661 euros, al tiempo que se ahorraban la cuota íntegra.

Esa prestación extraordinaria desaparece a partir del 1 de julio, pero eso no significa que se deje sin ayudas de forma abrupta a todos aquellos autónomos que la percibían hasta este mes de junio.

Aquellos que lo estén pasando peor y puedan acreditar una caída de la facturación de al menos un 75 % respecto al tercer trimestre del año pasado (con un límite de ingresos de 5.818,75 euros entre julio y septiembre) podrán solicitar la prestación ordinaria por cese de actividad, que podrán cobrar hasta el 30 de septiembre y cuya percepción será compatible con tener el negocio abierto. A cambio de esta ayuda, tendrán que abonar íntegra la cuota a la Seguridad Social.

Aunque los requisitos de caída de facturación se refieren al tercer trimestre, desde el ministerio matizan que los autónomos «pueden solicitar la prestación ordinaria cuando estimen que cumplen los requisitos y acreditarlos documentalmente una vez finalice el trimestre».

El resto de trabajadores por cuenta propia acogidos a la prestación extraordinaria y que ahora no puedan acreditar este nivel de caída de los ingresos no seguirán cobrando la ayuda mensual, pero se podrán beneficiar de una rebaja en la cuota a la Seguridad Social durante los tres próximos meses. En concreto, la exoneración será del 100 % (como hasta ahora) en julio, porcentaje que luego se reducirá al 50 % en agosto y al 25 % en septiembre.

Autónomos de temporada

La tercera pata del acuerdo es el establecimiento de una nueva prestación extraordinaria para los autónomos de temporada, a la que podrán acceder aquellos trabajadores por cuenta propia cuya única ocupación durante los últimos tres años se hubiese desarrollado entre los meses de marzo y octubre, con al menos cinco meses de cotización en cada ejercicio, y que no hayan estado de alta como trabajadores por cuenta ajena más de 120 días entre el 2018 y el 2019. Si cumplen los requisitos, cobrarán una ayuda equivalente al 70 % de su base mínima de cotización (al menos 661 euros) que empezará a pagarse en julio y se extenderá durante cuatro meses.

«Hemos solucionado, creemos, gran parte de los problemas que en este momento tenía el trabajo autónomo y a partir de septiembre acometeremos las nuevas reformas que se tengan que dar según vaya desenvolviéndose la economía de nuestro país», explicó Eduardo Abad, presidente de UPTA.