Los juristas no creen que Ayuso logre parar la orden de Sanidad

María Hermida
maría hermida REDACCIÓN / LA VOZ

ACTUALIDAD

Marta Fernández Jara

Creen que nadie se atreverá a suspender cautelarmente las medidas

02 oct 2020 . Actualizado a las 07:39 h.

La batalla jurídica está servida entre el Gobierno estatal y la comunidad de Madrid a cuenta de las medidas restrictivas, es decir, del nuevo confinamiento al que se ve abocada la capital y otros nueve municipios de la región para tratar de frenar la pandemia. Isabel Díaz Ayuso anunció que recurrirá a los tribunales porque cree que el plan de medidas restrictivas que le impone el Ministerio de Sanidad no tiene validez jurídica. ¿Qué consideran los expertos en Derecho Constitucional y Administrativo que va a pasar? Más allá de lo que puede ocurrir a largo plazo, con una sola voz, los juristas creen que en el futuro inmediato Madrid no logrará que se suspenda, de forma cautelar, la orden de Sanidad. Y, por tanto, la comunidad debe cumplirla «y luego ya se verá, pero quizás la resolución judicial llegue cuando la pandemia ya haya acabado».

¿Por qué Ayuso cree que las medidas que impone Sanidad no tienen validez? Las medidas en cuestión, que limitan la movilidad y afectan al derecho de reunión, se tomaron por mayoría en el Consejo Interterritorial de Sanidad -con el voto a favor de 12 comunidades autónomas más Melilla, el rechazo de otras cuatro más, entre ellas Galicia y Madrid, y la abstención de Murcia-. Sin embargo, la comunidad de Madrid cree que esa decisión tendría que tomarse por consenso o unanimidad para ser totalmente legal. De ahí que pretenda acudir a los tribunales.

El Gobierno de Pedro Sánchez, por su parte, se apoya en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, que señala que los acuerdos adoptados en estas conferencias sectoriales obligan a todas las comunidades autónomas a cumplirlos, aunque voten en contra, si el Estado ejerce competencias de coordinación, como considera que es este caso.

¿Qué dicen los juristas? Luis Míguez, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidade de Santiago, señala lo siguiente: «Yo creo que, basándose en la Ley de Cohesión del Sistema de Calidad de Salud el Ministerio de Sanidad, tras el acuerdo por mayoría del Consejo Territorial de Sanidad, ya se puede dictar esta orden para que se tomen determinadas medidas. No le veo gran problema ni creo que fuese necesaria la unanimidad. Además, bajo mi punto de vista, me parece muy difícil que un juez, aunque lo pida Madrid, vaya a suspender estas medidas porque estamos ante un problema de salud urgente. Otra cosa es lo que se resuelva a largo plazo, pero ahora mismo creo que se van a aplicar esas medidas», indicó.

 «Debieron actuar antes»

Y en una línea similar se pronunció también el catedrático de Derecho Constitucional Javier García Roca: «Las comunidades autónomas, por mucho que tengan las competencias sanitarias, no son soberanas. El Estado puede tomar decisiones de coordinación y, en este caso, considero que lo ha hecho con diálogo y que legalmente no hay nada censurable. Lo que sí es reprochable es que el Estado no haya actuado antes. De hecho, si estamos así es por la laxitud con la que actuaron con las 17 comunidades autónomas», indica. Y añade: «En la Ley de Cohesión de Sistema de Calidad de Salud se habla de tomar las decisiones con colegialidad y deliberación, y aquí yo creo que se dieron las dos».

A Juan María Bilbao, catedrático de Derecho Constitucional, le parece complejo saber si esa orden de Sanidad debe ser considerada una labor de coordinación o no, si basta con que la mayoría de las comunidades la apoyasen en el consejo territorial o deberían haberla respaldado todas. Lo que tiene claro es que Madrid no va a sacar oro a corto plazo en los tribunales: «Yo no creo que nadie se atreva a suspender esas medidas de forma cautelar», indica este conocido jurista.

«Debe haber estado de alarma»

Roberto Blanco Valdés, catedrático de Derecho Constitucional, no entra en si es suficiente que la decisión se tome por mayoría o unanimidad. Él se centra en otra cuestión que le parece más grave: «El propio Gobierno sentó la tesis de que no se podían tomar medidas que limitasen la circulación de los ciudadanos o que limitasen el derecho de reunión sin declarar el estado de alarma. ¿Por qué ahora sí, alterándose además el orden de las competencias con respecto a las comunidades? Creo que debería declararse primero el estado de alarma», sostiene. Blanco Valdés también cree que Madrid lo tiene muy difícil para que, de forma cautelar, se paralicen las medidas dictadas por Sanidad.

¿Cuándo serán efectivas esas medidas que implican un confinamiento perimetral y restricciones de horarios y aforos en buena parte de la comunidad de Madrid? Los juristas creen que, posiblemente, no entren en vigor de forma inmediata pese a ese plazo de 48 horas del que se habla. Así, Luis Míguez señala lo siguiente: «Algunas de esas medidas, a mi criterio, requieren que sean ratificadas por la Justicia -habría que pedir el aval del Tribunal Superior de Justicia de Madrid-, así que seguramente tarden unos días en hacerse efectivas», señala. «Los jueces tienen que ratificar las medidas, lo normal es que no haya ningún problema con eso, pero también puede que salgan por otro lado. No sería la primera vez», remacha Bilbao.