Reconocen a un profesor de Religión los años trabajados antes del traspaso de competencias para el cálculo de su jubilación

Redacción LA VOZ

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MARTINA MISER

El Ministerio de Educación no cotizaba por estos docentes hasta que en 1999 el Supremo obligó a ello

14 oct 2020 . Actualizado a las 08:29 h.

Un profesor de religión de Ávila verá aumentada la cuantía de su pensión gracias a la decisión de un juzgado de esa ciudad de reconocerle el período trabajado antes de la transferencia de las competencias educativas a la comunidad autónoma.

Y es que, tal y como recordó ayer la Asociación Profesional de Profesores de Religión en Centros Estatales (Apprece), hasta 1999 a los profesores de religión de primaria no se les daba de alta en la Seguridad Social. Una situación que solo cambió cuando se produjo un pronunciamiento del Tribunal Supremo.

Aunque en el 2000 Castilla y León asumió las competencias, son muchos los profesores de religión que, pese a haber trabajado al servicio de la Administración en fechas anteriores y tener esos períodos reconocidos por el Ministerio de Educación, cuando acceden a la jubilación se encuentran «con que aquellos años no se les han tenido en cuenta para su pensión».

Una situación que se produce, advierte Apprece, porque el ministerio no cotizó por ellos durante esos años, algo que atribuyen a «los vaivenes jurídicos que la relación Administración-profesorado de religión ha ido sufriendo a lo largo del tiempo».

Sin embargo, en esta ocasión el sindicato ha conseguido que este docente, que había comenzado a trabajar en 1986 vea reconocido el período trabajado entre ese año y 1999, a efectos del cálculo de su pensión. El cómputo de estos años supone un incremento en la cuantía de su paga de jubilación.

El fallo hace directamente responsable al Ministerio de Educación del abono de la prestación por la parte proporcional a esos años no cotizados ni tenidos en cuenta inicialmente

Una paga mayor

Apprece destaca que esta sentencia «abre las puertas» para que todos aquellos profesores de religión de primaria que vean minoradas sus pensiones de jubilación al no tener en cuenta los períodos trabajados antes del año 1999 puedan reclamar en los tribunales.

En este sentido, el sindicato reclamó que estos períodos comiencen a tenerse en cuenta «de oficio» por la Administración «sin la necesidad de seguir judicializándolo».