El Congreso activa el registro para que los diputados declaren sus intereses económicos

La Voz REDACCIÓN | EUROPA PRESS

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La Mesa de la Cámara se prepara para la creación de la Oficina de Conflicto de Intereses de las Cortes

29 nov 2020 . Actualizado a las 13:12 h.

 La Mesa del Congreso aprobará este lunes los trámites administrativos necesarios para crear la Oficina de Conflicto de Intereses de la Cortes Generales y dará de plazo hasta finales de enero de 2020 para que los diputados presenten sus declaraciones de intereses económicos, en aplicación del Código de Conducta que rige para ambas Cámara desde el pasado mes de octubre.

Este código ético de diputados y senadores, que fue aprobado con el voto en contra de Vox, extiende al Senado el grueso de las normas que ya se aprobaron para el Congreso en febrero del 2019, bajo la presidencia de la popular Ana Pastor, aunque nunca se llegaron a aplicar.

La mayor parte de su contenido entró en vigor el pasado 8 de octubre, pero, según han informado a Europa Press fuentes parlamentarias, será este lunes cuando la Mesa del Congreso apruebe la modificación de la plantilla orgánica de la Secretaría General para la creación de la Oficina de Conflictos de Intereses de las Cortes.

Esta oficina tendrá su sede en el Congreso y estará encabezada por un letrado con experiencia en esta materia que será nombrado por las Mesas de ambas Cámaras con rango de director general. Su labor será resolver las dudas de interpretación que genere la aplicación del Código que podrán ser planteadas por los parlamentarios o por las Mesas.

Tendrá que actuar «con total reserva respecto de las dudas planteadas» y elaborar un informe anual sobre el cumplimiento del código, pudiendo hacer recomendaciones para mejorar su eficacia, pero manteniendo en todo momento «la confidencialidad sobre los casos que hayan planteado dudas de interpretación».

No se comprobará la veracidad

Aunque la Oficina de Conflicto de Intereses que se debía haber creado en el Congreso tras la aprobación del Código de 2019 tenía competencias para comprobar «la veracidad del contenido» de las declaraciones de intereses que rellenaran sus señorías, la nueva oficina única no las tendrá. De hecho, el código especifica que las Cámaras «solo responderán de la información facilitada por los parlamentarios».

Además, en cada una de las Cámaras se va a crear un Registro de Intereses que dependerá directamente de la Presidencia, aunque su gestión administrativa corresponderá a los órganos competentes de la Secretaría General de cada una de ellas.

En ese registro se custodiarán las declaraciones de intereses económicos que sus señorías tienen que presentar antes del 1 de febrero de 2021, cuando arrancará el próximo período de sesiones. Estas declaraciones podrán ser consultadas por la ciudadanía a través de las páginas webs de ambas Cámaras, donde también están publicadas las declaraciones de patrimoniales y las relativas a las actividades extraparlamentarias de diputados y senadores.

Consignar trabajos y empleos anteriores

En esa declaración de intereses económicos cada parlamentario deberá consignar las actividades que desarrolló en los cinco años anteriores a la obtención del escaño y «que puedan condicionar su actividad política o le hayan proporcionado ingresos económicos». Cuando se trate de actividades por cuenta ajena deberán precisar el nombre del empleador y el sector de su actividad.

También deberán informar en la declaración de las donaciones, obsequios y beneficios no remunerados de cualquier naturaleza que hayan obtenido para sí en los cinco años anteriores al inicio del mandato parlamentario, incluyendo los viajes e invitaciones a actividades de ocio, deportivas y culturales que, por su valor económico o por cualquier otra circunstancia, puedan ser relevantes a efectos de un eventual conflicto de interés.

Sus señorías tendrán que comunicar, asimismo, las fundaciones y otras asociaciones a las que hayan contribuido en los cinco años anteriores a su desembarco en las Cámaras, o sigan contribuyendo tras obtenerla, económicamente o mediante la prestación de servicios no remunerados.

Según el código ético, existirá conflicto de interés cuando un miembro de las Cortes Generales tenga un interés personal, «tanto directo y propio, como indirecto o a través de otra persona singularizada, que pueda influir de manera inadecuada en el cumplimiento de sus deberes; de tal forma que se pueda poner en duda su objetividad o independencia, o que implique que como parlamentario no persiga la consecución del interés general».

Posibles sanciones

El documento también deja claro que «no existirá conflicto de intereses cuando se obtenga algún beneficio únicamente por pertenecer al conjunto de la población o a una categoría amplia de personas».

Cuando exista un conflicto de intereses, el parlamentario deberá informar del mismo a la Presidencia del órgano correspondiente antes del inicio del debate del asunto que le afecte. Si duda de que exista o no, podrá dirigirse, «con carácter confidencial», a la Mesa de la Cámara para que resuelva lo que proceda, pudiendo pedir un informe a la Comisión sobre el Estatuto de los Diputados o a la de Incompatibilidades del Senado.

La Presidencia de cada una de las Cámaras, de oficio o a petición de otro parlamentario, podrá solicitar la apertura de un procedimiento para dilucidar si se ha producido una infracción del código por parte de un parlamentario, especialmente en el caso de conflicto de intereses.

Las encargadas de elaborar un informe sobre la posible infracción serán la Comisión del Estatuto de los Diputados o a la Comisión de Incompatibilidades del Senado, que deberán escuchar al afectado y podrán en recabar informe de la Oficina de Conflicto de Intereses correspondiente.

El informe de la comisión deberá concluir si ha existido o no infracción y, proponer, en su caso, la sanción que corresponda de acuerdo con el Reglamento de la Cámara. Serán las Mesas del Congreso y el Senado, respectivamente, las que resuelvan si se impone o no sanción.

No aceptar regalos superiores a 150 euros

El Código de Conducta también subraya que los parlamentarios no podrán aceptar, en beneficio propio o de su entorno familiar, obsequios o regalos de valor, favores, servicios, invitaciones o viajes que les sean ofrecidos por razón de su cargo o que puedan ser razonablemente percibidos como un intento de influir en su conducta como parlamentarios. Tendrán que rechazar, en todo caso, presentes o beneficios que tengan un valor estimado superior a 150 euros.

Los obsequios que reciban en los viajes oficiales de las Cámaras o cuando actúen en representación de estas deberán ser entregados a la Secretaría General de la Cámara correspondiente siempre que sean ofrecidos en razón de dicha representación y no a título personal y tengan un valor estimado superior a 150 euros. Todos se publicarán en la página web del Congreso o del Senado.

También se publicará en estas páginas una breve reseña de los datos biográficos personales, académicos y profesionales de los miembros de las Cortes Generales y se podrán consultar todos los títulos, datos y archivos que el mismo parlamentario considere relevantes.

Asimismo, los miembros de las Cámaras deberán hacer pública su agenda institucional en el correspondiente Portal de Transparencia, incluyendo en todo caso las reuniones mantenidas con los representantes de cualquier entidad que tenga la condición de grupo de interés.