El abogado del TJUE abre la puerta a que los grandes inversores reclamen a Bankia por su salida a bolsa

A. B. MADRID / LA VOZ

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Bankia salió a bolsa en junio del 2011, con Rodrigo Rato como presidente
Bankia salió a bolsa en junio del 2011, con Rodrigo Rato como presidente

Considera que tienen derecho a hacerlo por las inexactitudes del folleto

12 feb 2021 . Actualizado a las 09:17 h.

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) Jean Richard de la Tour, equivalente a la figura del fiscal en España, defendió este jueves en un informe que los grandes inversores que acudieron a la salida a bolsa de Bankia pueden reclamar responsabilidades a la entidad financiera si demuestran que el folleto informativo que amparó la operación contenía inexactitudes, pese a que este estuviera destinado a los pequeños inversores.

Aunque la posición del abogado general no es vinculante para lo que finalmente resuelva el tribunal, este suele seguirla en sus pronunciamientos. Así, su opinión abre la puerta a que los inversores cualificados que acudieron en el 2011 a la oferta pública de suscripción (OPS) de la entidad bancaria puedan ser resarcidos por las pérdidas que sufrieron.

El informe del abogado general se enmarca dentro de la cuestión prejudicial que el Tribunal Supremo elevó al de Luxemburgo en diciembre del 2019, respecto a una sentencia relacionada con la Unión Mutua Asistencial de Seguros (UMAS), un inversor cualificado que acudió al tramo institucional en la salida a bolsa de Bankia.

Según ha informado este jueves la Corte de Luxemburgo, el abogado general entiende que cuando una OPS sea mixta, es decir, se dirija tanto a inversores cualificados como minoristas, y se haya emitido un folleto, la acción de responsabilidad del mismo podrán ejercitarla ambos tipos de inversores, a pesar de que los tramos institucionales no requieran folleto en las salidas a bolsa. Sostiene que cuando exista, «debe poder iniciarse una acción de responsabilidad civil basada en la inexactitud de dicho folleto, cualquiera que sea la condición del inversor que se considere perjudicado».

En junio del 2011, Bankia hizo una OPS dividida en dos tramos: el 60 % de las acciones ofertadas estaban dirigidas a inversores minoritas y empleados, mientras que el 40 % restante se reservaba al tramo institucional, a los grandes inversores.

A él acudió precisamente la UMAS, suscribiendo una orden de compra de 160.000 acciones, a un precio de 3,75 euros por título y un desembolso total de 600.000 euros. Sin embargo, con la reformulación de las cuentas anuales de Bankia, las acciones perdieron su valor y se suspendió su cotización, como recuerda el TJUE. Los tribunales españoles resolvieron en diferentes procedimientos que el folleto con el que la entidad financiera salió a cotizar contenía inexactitudes sobre la situación financiera real de Bankia.

Así, la UMAS interpuso una demanda contra el banco, solicitando la anulación de la compra de acciones, por error en el consentimiento. También pedía, con carácter subsidiario, declarar la responsabilidad de Bankia por la falta de veracidad en el folleto. El Supremo se dirigió al TJUE para que aclarase si, cuando una oferta pública de suscripción de acciones se dirige tanto a inversores minoristas como cualificados, y se emite un folleto para los primeros, la acción de responsabilidad por la información contenida en el mismo puede ser ejercitada por ambos tipos de inversores o solo por los pequeños. 

La posición del abogado general aclara este respecto y, a falta de que el TJUE se pronuncie finalmente, podría abrir la puerta a que el resto de inversores cualificados que acudieron a la OPS y que también llevaron a los tribunales su caso (como Iberdrola o Meliá), obtengan una compensación.