¿Cuánto cuesta teletrabajar?

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¿Supone un ahorro para el empleado? Más bien todo lo contrario. Los autónomos, que llevan años de ventaja en esto, calculan los costes que supone tener la oficina en casa, y son tajantes: a las empresas, sin duda, les sale a cuenta

28 feb 2021 . Actualizado a las 22:26 h.

«Así ahorro en gasolina». Cuántas veces no se habrá oído o dicho esto en el último año. Casi tan de repente como la pandemia, llegó el teletrabajo para muchos empleados que, de un día para otro, se vieron confinados y con el trabajo en casa. Los costes inmateriales no se pueden calcular. El desgaste psicológico o el mazazo que ha supuesto en muchos casos para la conciliación, están ahí. Pero algunos de los gastos materiales sí podrían pasar por la calculadora del antes y el después. Esa es una cuenta que han hecho infinidad de veces los autónomos, que en esto nos llevan unos cuantos años de ventaja. Ellos saben mejor que nadie lo que supone trasladar la oficina al hogar, y el impacto que eso tiene en el bolsillo.

«El ahorro para las empresas es desmesurado, brutal. Para el teletrabajador, ya te digo que no», sentencia Eduardo Abad, presidente de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), que desmonta en parte el mito de la gasolina e insiste en el resto de gastos que en muchos casos asume el teletrabajador a la espera de la nueva ley del teletrabajo: «Si trabajas lejos, normalmente en la nómina tenías un plus de desplazamiento que pierdes. Pero es que además te tienes que hacer cargo de gastos que antes no tenías. No es lo mismo tener tu salón en pleno invierno con la calefacción todo el día, además aquí en Galicia. No gastas en gasolina, pero es que gastas en lo otro, electricidad, calefacción durante más horas... Ahora eso lo asumes».

Los equipos informáticos, la conectividad y la reprografía deberían ser imputables al cien por cien a la empresa

El autónomo va más allá en la cadena de gastos. «Los equipos informáticos, la conectividad y la reprografía deberían ser imputables al cien por cien a la empresa, porque es exactamente el mismo que tenía cuando estaba en su sede el trabajador. Alquiler o hipoteca también, porque era como se estaba calculando para los trabajadores autónomos que tenían la sede fiscal en su domicilio, haciendo el cálculo proporcional al habitáculo que ocupaban sobre la superficie total de la vivienda», añade.

Abad rescata la ley general tributaria, que decía que Hacienda les permitía deducir a los trabajadores autónomos (el punto comparativo puede aplicarse ahora a un trabajador por cuenta ajena) que tienen su sede social o puesto de trabajo en su domicilio, deducir el 30 % de los gastos de suministro que se tienen en el domicilio, donde realizan la actividad económica.

«Porque tienes que tener conectividad, un equipo informático que no sabemos si la empresa te proporciona o lo tienes tú, una silla ergonómica y demás material. También una red que no sea de bajo ancho de banda, sino de alto, porque necesitas además luz, calefacción... Y luego está la propia superficie en la que estás trabajando, que por ella también pagas un alquiler o hipoteca correspondiente al porcentaje. Entrarían todos y cada uno de los gastos que se derivan de la ocupación de ese espacio para trabajar», explica el profesional, que lamenta la modificación de la ley de medidas urgentes del trabajo autónomo que se introdujo para los autónomos en el 2017.

«Lo que vendieron en positivo como que la ley iba a mejorar la situación de las deducciones de los autónomos a las que tienen derecho por desempeñar la actividad en sus domicilios, se convirtió en una reducción estrepitosa del máximo al que se puede deducir. Porque la ley puñetera, la interpretación que hace Hacienda, es que puedes deducir el 30 % del 30 % de los gastos. Y el 30 % del 30 % es el 9 %. Por lo tanto, esa referencia para los autónomos es en la que nos podemos mover ahora como gastos deducibles por el desarrollo de nuestra actividad», explica.

ASÍ SE HARÍA EL CÁLCULO

Desde el punto de vista laboral, el cálculo se haría así con la normativa vigente. Partiendo de una vivienda de 100 metros cuadrados con un salón de 20 metros cuadrados -la estancia donde trabaja mucha gente por carecer de despacho-, estaríamos utilizando el 20 % del espacio total de la casa en la actividad laboral. Es decir, sería un 20 % sobre el gasto total de la vivienda. Si tenemos una factura de la luz de 100 euros, habría que calcularle ese 20 % (20 euros) y, sobre él, deducir el 30 % (6 euros). Por lo tanto, la empresa abonaría el 6 % de ese recibo de la luz. Eso sí, conceptos como el de la luz o Internet se calcularían cumpliendo las horas de la jornada laboral, desglosándolas por el coste de cada uno de los elementos utilizados.

¿A eso habría que sumarle el material de oficina? «Se supone que las herramientas te las tiene que proporcionar la empresa. Es decir, si tú no tienes una silla ergonómica en tu casa para trabajar, la lógica lleva a que debiera de ser el empleador quien te la facilitara», indica Abad, que se refiere en los mismos términos a la reprografía y no excluye el desgaste y mantenimiento de la impresora y demás equipos informáticos.

Muchas sedes están cambiándose a oficinas mucho más pequeñas aprovechando la ausencia del personal

Todavía hay más conceptos en el terreno de lo dudoso. Se trata de esos conceptos salariales no disfrutados que dejamos de percibir. ¿Se produce un ahorro en gasolina? Sin ninguna duda. Eso sí, habría que contabilizar lo que dejamos de ingresar si nuestra empresa nos abonaba en la nómina un plus de transporte. En este caso, la lógica se impone: sin transporte no hay plus. ¿Pero y la comida? «Las dietas nunca han entrado en el cómputo, ni siquiera en el caso de los autónomos, aunque en este terreno hay que tener en cuenta que se disparan gastos que no tenías y que antes corrían a cargo de la ayuda social de la empresa», afirma el presidente de UPTA. Se refiere a los cheques de descuento para comer en algunos de los negocios cercanos a la sede o los servicios de comedor con precios reducidos. «Ahora esos trabajadores tendrán que comprarse la comida y asumir el coste derivado del uso de los electrodomésticos que antes no utilizaban», apunta.

Son muchas las compañías que están experimentando un ahorro significativo gracias a esta tendencia impuesta por el covid. «No solo es el ahorro de los gastos que el trabajador ocasionaba en la empresa, sino que además ya se está detectando otra derivada a nivel inmobiliario porque muchas sedes están cambiándose de sus naves a espacios mucho más pequeños, dado que cuentan con menos trabajadores presenciales; y otra a nivel de negocios, ya que solo a lo largo de esta pandemia hemos perdido en el país más de 25.000 establecimientos de restauración, fundamentalmente del ámbito del menú del día», apunta el autónomo.

Habrá que esperar a la ley del teletrabajo para saber qué gasto asumirán las empresas y en qué proporción. De momento, el que asumen muchos teletrabajadores no ha tenido aún compensación.