El Constitucional luso tumba la ley de la Eutanasia

Begoña Íñiguez LISBOA / CORRESPONSAL

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TIAGO PETINGA

El Tribunal ha llegado a la misma conclusión del presidente Rebelo de Sousa, al considerar que es inconstitucional porque «recurre a conceptos excesivamente indeterminados en la definición de los requisitos para permitir la despenalización de la muerte médicamente asistida»

15 mar 2021 . Actualizado a las 21:09 h.

El Tribunal Constitucional portugués (TC) ha rechazado este lunes por mayoría absoluta la Ley de la Eutanasia, que fue aprobada el pasado 29 de enero en el Parlamento de Lisboa con los votos de casi todos los diputados del Partido Socialista, del Bloco de Esquerda y del Partido Animales y Naturaleza (PAN) y en contra de la mayoría de los de centro derecha y todos los del Partido Comunista.

El TC ha dado la razón a los argumentos presentados por el jefe del Estado luso, el conservador Marcelo Rebelo de Sousa, católico practicante y catedrático de Derecho Constitucional, que no ratificó la ley y decidió enviársela a los jueces para que determinasen la constitucionalidad de cinco de sus artículos. En su artículo dos, siete de los doce magistrados del Tribunal Constitucional, presidido por João Caupers, han llegado a la misma conclusión del presidente Rebelo de Sousa, al considerar que es inconstitucional porque «recurre a conceptos excesivamente indeterminados en la definición de los requisitos para permitir la despenalización de la muerte médicamente asistida».

Otra de las razones alegadas por Marcelo para no aprobar la ley y dejar la decisión en manos del Constitucional es «que al Parlamento portugués le competía haber especificado en su redacción con más detalle los requisitos en los que se podrá realizar la eutanasia sin ser penalizado por ello», como explicó de su puño y letra en la página oficial de la Presidencia de la República. Para Rebelo de Sousa y para los jueces del Constitucional luso se viola la constitucionalidad en la Ley al indicar sin dar más detalles que «se permitirá la eutanasia cuando así lo decida una persona mayor de edad por voluntad propia y en situación de sufrimiento intolerable».

La ley volverá ahora a la Asamblea de la República para su modificación en los puntos declarados inconstitucionales, posteriormente tendrá que ser votada de nuevo y en caso de salir aprobada, se enviará otra vez al Jefe del Estado, quien decidirá si aprobarla o vetarla.