El juez rechaza el recurso de Jordi Sànchez, Rull y Turull contra la anulación del tercer grado

Redacción LA VOZ

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Los líderes independentistas acusados por el proceso soberanista catalán que derivó en la celebración del 1-O y la declaración unilateral de independencia de Cataluña (DUI), (primer banco) Jordi Sánchez (i), expresidente de ANC; Jordi Turull (2i), exconsejero de Presidencia; Josep Rull (3i), exconsejero de Territorio y Sostenibilidad; (segundo banco) Oriol Junqueras (3d), exvicepresidente de la Generalitat; Raül Romeva (2d), exconsejero de Asuntos Exteriores; y Joaquim Forn (d), exconsejero de Interior, durante la primera jornada del juicio en el Tribunal Supremo, en una imagen de archivo.
Los líderes independentistas acusados por el proceso soberanista catalán que derivó en la celebración del 1-O y la declaración unilateral de independencia de Cataluña (DUI), (primer banco) Jordi Sánchez (i), expresidente de ANC; Jordi Turull (2i), exconsejero de Presidencia; Josep Rull (3i), exconsejero de Territorio y Sostenibilidad; (segundo banco) Oriol Junqueras (3d), exvicepresidente de la Generalitat; Raül Romeva (2d), exconsejero de Asuntos Exteriores; y Joaquim Forn (d), exconsejero de Interior, durante la primera jornada del juicio en el Tribunal Supremo, en una imagen de archivo. Emilio Naranjo | Efe

El magistrado asegura que no han reconocido el delito que han cometido

14 abr 2021 . Actualizado a las 17:40 h.

El Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 5 de Barcelona ha desestimado los recursos presentados por el secretario general de Junts, Jordi Sànchez, y los exconsejeros Josep Rull y Jordi Turull contra el auto que anulaba el tercer grado de los presos independentistas.

Así lo ha comunicado en las resoluciones, recogidas por Europa Press, después de que Sànchez, Rull y Turull presentaran un recurso ante la decisión del juzgado del 9 de marzo de revocar la progresión a tercer grado a los presos del 1-O al estimar el recurso que la Fiscalía presentó en contra de su semilibertad.

En las resoluciones, el magistrado argumenta que «no ha habido evolución suficiente» de los presos que justifique la progresión al régimen de semilibertad, por lo que desestima el recurso y seguirán sin tercer grado.

Así, mantiene los argumentos por los que que revocó el tercer grado, ya que cree que «todavía se aprecian déficits nucleares en el interno como es la falta de asunción delictiva», y señala esta cuestión como un elemento clave en el tratamiento penitenciario.

Esta resolución todavía no es firme, de manera que cabe la posibilidad de interponer recurso de apelación en un plazo de cinco días.