Trabajo sancionará a las empresas que no controlen el riesgo de estrés de sus trabajadores

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ADNAN ABIDI

Las multas podrán alcanzar los 820.000 euros

27 abr 2021 . Actualizado a las 19:29 h.

Las empresas tendrán que vigilar muy atentamente la situación psicosocial de sus empleados y evaluar sus posibles riesgos. Y no será cuestión baladí. Porque aquellas que descuiden este aspecto y no vigilen la posibilidad de que la plantilla esté expuesta a sufrir estrés, ansiedad o malestar psíquico en su entorno de trabajo podrán ser sancionadas por la Inspección.

Las compañías españolas tendrán que informar a las autoridades pertinentes sobre las medidas que están llevando a cabo para evaluar el impacto del estrés, el malestar psíquico o la ansiedad de su plantilla: «La Comisión Europea señalaba en una comunicación de enero del 2017 que los riesgos psicosociales, y en particular, el estrés laboral, suponen uno de los problemas de seguridad y salud en el trabajo más complejos y que están en progresivo aumento ya que más de la mitad de los trabajadores de la UE señalan que el estrés es habitual en su lugar de trabajo», recoge el documento del nuevo Criterio Técnico publicado esta semana por la Inspección de Trabajo.

Hasta ahora, solo se contemplaba la revisión de los posibles daños a la salud mental de los empleados en algunas actividades laborales como la de los controladores aéreos. Pero, a la vista de la situación por la que están pasando miles de trabajadores tras la pandemia, Trabajo quiere ir un paso más allá y tener en cuenta también estos riesgos en el resto del tejido productivo.

De esta forma, la Inspección detalla diez factores de riesgo psicosocial que deben evaluar las compañías. En primer lugar, el contenido y las características de trabajo, puesto que la monotonía o la propuesta de tareas sin sentido pueden acabar llevando a situaciones de estrés en los empleados. También deberán vigilar la carga de trabajo excesiva, la presión de tiempo y los plazos demasiado estrictos.

Otro de los factores de riesgo que los expertos ponen sobre la mesa es el tiempo de trabajo. Así, las empresas tendrán que estar muy vigilantes en que no se registren horarios muy largos o impredecibles, la conexión continua al trabajo o el empleo a turnos. El cuarto y quinto bloque que especifica el documento tienen que ver con la participación o el control y con la cultura de organización.

El ambiente también puede convertirse en un riesgo para el trabajador. Los equipos técnicos inadecuados, las malas condiciones ambientales como la falta de espacio, la iluminación escasa o el ruido excesivo también deben ser cuidados. Trabajo también cita las relaciones personales en la empresa, el desarrollo personal y los problemas en la interacción entre vida personal y trabajo como otros de los factores de riesgo con los que deberán estar vigilantes.

Multas

Y aquellas empresas que no tomen medidas, podrán tener que enfrentarse a multas con cantidades nada desdeñables. Porque las infracciones serán penalizadas de acuerdo a la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (Lisos), que contempla multas que pueden ir en función de su gravedad desde los 40 euros hasta los 819.780.