10 de mayo: el día en el que en teoría las normas del covid caerán en cascada

María Hermida
María Hermida REDACCIÓN / LA VOZ

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La imagen de las calles prácticamente desiertas en toda España por la aplicación de un toque de queda nacional seguramente no vuelva a verse después del 9 de mayo
La imagen de las calles prácticamente desiertas en toda España por la aplicación de un toque de queda nacional seguramente no vuelva a verse después del 9 de mayo Santi M. Amil

Los países próximos prepararon su marco legal para seguir con restricciones

01 may 2021 . Actualizado a las 13:49 h.

Si el Gobierno no cambia de postura (no faltan especialistas en Derecho o juristas que apuesten a que sí lo hará, tal y como piden algunas comunidades como Galicia y el País Vasco), el 9 de mayo decaerá el estado de alarma en España. Y no hay plan B. Es decir, en lo que va de pandemia no se preparó un marco legal adecuado que, sin esa figura excepcional, permita imponer restricciones sin tener que buscar el amparo judicial. Las comunidades se quedan con una única herramienta, la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, que data de 1986 y que es muy corta e imprecisa. Se vuelve prácticamente a la situación del verano del 2020, cuando las regiones tenían que pedir a los tribunales que avalasen sus medidas anticovid y en algunos sitios lo conseguían y en otros no. Además, se regresa con un agravante, como enfatizan y explican los juristas.

 ¿Qué pasa el 10 de mayo, qué normas caerán?

Dado que el 9 de mayo decae el estado de alarma, con él terminan las normas que amparaba, como el toque de queda nocturno o los confinamientos perimetrales de las comunidades. Roberto Blanco Valdés, catedrático de Derecho Constitucional, Manuel Almenar, presidente de la Asociación Profesional de la Magistratura o Juan José Carbonero, magistrado de lo contencioso, explican que estas normas, que atañen a los derechos fundamentales de las personas, caen con el estado de alarma sin que se puedan volver a aplicarse de forma general y automática para toda España con la legislación ordinaria en vigor. Insisten en que aunque exista el Consejo Interterritorial de Salud (en el que están representadas las comunidades y Sanidad) y las decisiones que se tomen en él puedan ser obligatorias para todas las regiones, este es un órgano de coordinación, sin capacidad de ejecución. No va a ser, en ningún caso, un sustituto del estado de alarma porque tiene muy limitada su acción. Otra cosa es que este consejo pueda tomar decisiones y luego la Justicia las ampare. Entonces, las medidas quizás sí serían para toda España. Pero, ojo, es un escenario que se antoja difícil porque con muchas de als restricciones se limitan, cuando no suspender, derechos fundamentales. Y, como señala el magistrado Manuel Almenar, «para limitar estos derechos hay que armarse de razones, y cuanto mayor sea la limitación y el ámbito en el que se aplica más difícil resulta que se valide».

 ¿Podrá haber toques de queda en alguna región?

En teoría, las regiones no lo tienen fácil para poder aplicar una medida de ese tipo. Podrían intentarlo, pidiendo el aval de sus respectivos tribunales superiores de justicia. Y estos, en algunos sitios podrían aceptarlo y en otros no. Es una situación desconocida, porque antes del estado de alarma no se planteó esta medida por comunidades. Si alguna comunidad lo propone, los jueces decidirán. En cuanto a un toque de queda nacional como el que hay actualmente, los juristas ven muy difícil que pueda establecerse sin la figura del estado de alarma. Recuerdan que el propio Gobierno justificó así la declaración de ese estado de excepción. ¿Qué sentido tendría dejar que decaiga el 9 de mayo e intentar aplicar las mismas medidas que estando en vigor?

 ¿Y cierres perimetrales de comunidades y concellos?

Aquí hay experiencia previa. Recordemos que el pasado verano, cuando no había estado de alarma, las comunidades ya decretaron confinamientos tras validarlo así la Justicia. En unos sitios pudieron hacerlo y en otros no, dependiendo lo que decían los jueces. Los magistrados Almenar y Carbonero creen que todo se basará en la proporcionalidad y justificación de lo que se proponga. Es decir, no es lo mismo solicitar un confinamiento para O Carballiño (por poner un ejemplo que ya se dio) que tratar de cerrar Galicia entera. Lo segundo se antoja bastante más complicado. El problema es que el concepto de proporcionalidad es subjetivo, así que ante una misma situación los tribunales gallegos pueden entender una cosa y los de otra comunidad algo distinto.

 ¿Qué medidas puede tomar una comunidad sin el aval de la justicia?

Puede proponer nuevos cierres (totales o parciales) de actividades. O dejar que continúen los que ya están, como los de la hostelería. En este caso, dado que no es un derecho fundamental sino una actividad económica, la Xunta o cualquier otra comunidad sí puede aplicar medidas directamente, sin ir a los tribunales. Eso sí, si los profesionales que se sientan perjudicados recurren, podría ser que les diesen la razón, como ya pasó en el País Vasco con el cierre de bares.

 ¿El escenario legal será, entonces, igual al de antes del estado de alarma?

No del todo. Hay una cuestión en la que se ha empeorado, y la explica bien el magistrado Juan José Carbonero. Desde Aragón, donde él ejerce, cuando empezaron a ver que las comunidades perdían amparo de las salas contenciosas de sus tribunales superiores de justicia para decretar confinamientos, le plantearon una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional. Empleando un lenguaje de andar por casa, esto puede traducirse en que le plantearon al Constitucional si realmente estos magistrados del contencioso pueden pronunciarse ante semejantes cuestiones. El caso es que el Tribunal Constitucional admitió a trámite esa cuestión el 16 de febrero y, desde entonces, se espera respuesta. ¿Qué pasa si dice que no es constitucional que los contenciosos avalen los cierres perimetrales? No se sabe.

 ¿Y otros países, que marco legal tienen ante el covid?

Los principales países europeos no se enfrentan a un caos legal como el español, al menos a corto plazo. En Portugal decae hoy el estado de emergencia pero se inicia el de calamidad. Francia tiene estado de emergencia sanitaria hasta el 1 de junio e Italia hasta el 31 de julio. En Alemania se aprobó una ley de freno federal de emergencia, que permite aplicar medidas en todo el país.