Juana Rivas ingresa en el centro de inserción de Granada para cumplir su condena de dos años y medio de prisión

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Álex Cámara | Europa Press

Rivas, que también ha solicitado el indulto al Gobierno, está condenada en firme por haber permanecido en el verano del 2017 un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre

02 jul 2021 . Actualizado a las 11:49 h.

Juana Rivas ha ingresado en el Centro de Inserción Social (CIS) Matilde Cantos de Granada para cumplir la condena firme a dos años y medio de prisión por no haber entregado a sus hijos al padre en el verano de 2017.

«Jamás en mi vida hubiera pensado que nos pasaría algo así. Creo que principalmente esta condena es para mis hijos», ha señalado esta madre de Maracena en estos momentos tan «difíciles». Rivas ha llegado en taxi en torno a las 10.48 horas a este Centro de Inserción Social acompañada de sus abogados con gesto serio y visiblemente afectada portando algunos bolsos con pertenencias, informa Europa Press.

El letrado ya avanzó que esta vecina de Maracena (Granada) no iba a «eludir» el ingreso en la cárcel decretado por el Juzgado de lo Penal 1, aunque volvió acusar a este órgano de no «atender ninguno de los argumentos» que le ha trasladado como parte, entre otros los recursos de reforma y apelación que ha presentado contra su encarcelamiento, recoge Efe.

Rivas, que también ha solicitado el indulto al Gobierno, está condenada en firme por haber permanecido en el verano del 2017 un mes en paradero desconocido junto a sus dos hijos para no entregarlos al padre, el italiano Francesco Arcuri, quien en el 2009 fue condenado por lesionarla y al que ella volvió a denunciar por maltrato en el 2016. Tras varios requerimientos para que devolviera a sus hijos y después de que su expareja denunciase la desaparición, la acusada entregó a los dos niños un mes después en Granada.

La Audiencia de Granada y el Juzgado de lo Penal número 1 de Granada apreciaron que la acusada había cometido dos delitos de sustracción de menores, uno por cada niño, incumpliendo las resoluciones judiciales que le obligaban a su entrega al padre que ostentaba la custodia de los mismos por disposición judicial. El Tribunal Supremo consideró finalmente que, aunque el artículo 225 bis del Código Penal siempre se refiere al «menor», en singular, el título donde se ubica la norma, alude a las relaciones familiares, de ahí que finalmente la condenara por un solo delito a la pena de dos años y seis meses de prisión, además de la pérdida de la patria potestad.