Condenan a una aseguradora a pagar 80.000 euros a un bar que tuvo que cerrar por el confinamiento

La Voz REDACCIÓN / LA VOZ

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MARCOS CREO

La Justicia defiende que el cese de actividad impuesto por el Gobierno está incluido dentro de la cobertura de la póliza de este establecimiento

27 jul 2021 . Actualizado a las 09:29 h.

El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Granada condenó a una aseguradora a abonar 80.000 euros a un restaurante que se vio obligado a cerrar durante los meses de confinamiento. Entiende la Justicia que, en el caso de este negocio, el cese de actividad impuesto por el Gobierno para contener la pandemia está incluido dentro de la cobertura de la póliza del establecimiento y, por tanto, es objeto de indemnización.

El restaurante se vio abocado al cierre en marzo del 2020, una situación que se alargó durante 80 días, el tiempo que duró el cierre de toda la actividad no esencial en el marco de la lucha contra el coronavirus.

Según detalló el abogado que ha llevado el caso, Antonio Estella, a la agencia Europa Press, la clave del asunto era determinar si existía cobertura en la póliza suscrita por el restaurante, en función tanto de la cobertura contratada como de la calificación de la cláusula. Además, había que determinar, en general, si la situación generada tras el Real Decreto del 14 de marzo que derivó en el cierre de este restaurante granadino era motivo de indemnización.

En la sentencia, se expone que la redacción de la cláusula objeto de litigio hace constar que se incluye en la definición del riesgo la pérdida de beneficios como consecuencia de cualquier siniestro cuyos daños materiales se encuentren amparados por la póliza e indica que cualquier tipo de causa de paralización de la actividad se encuentra incluida. Según agrega la resolución, el dueño del establecimiento solicitó expresamente cuando le presentaron la primera propuesta de la póliza que incluyera la garantía de cese de actividad, que fue suscrita a su petición, siendo una de las garantías cuya prima es más elevada.