Los funcionarios del Estado podrán teletrabajar 3 días a la semana a partir del 1 de enero

La Voz MADRID / EUROPA PRESS

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Ahora solo pueden realizar sus funciones a distancia un día

26 nov 2021 . Actualizado a las 09:53 h.

Los funcionarios de la Administración General del Estado (AGE) podrán teletrabajar de manera voluntaria tres días a la semana a partir de enero del año que viene, mientras que los dos días restantes tendrán que hacerlo de manera presencial. La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, recordó ayer ante la Comisión de Hacienda y Función Pública en el Congreso que su departamento sigue trabajando en la elaboración de un real decreto ley que regule el trabajo a distancia del funcionariado, con el objetivo de que esté aprobado en diciembre para su entrada en vigor el 1 de enero del 2022. Según han confirmado fuentes de Hacienda, el real decreto que se aprobará en las próximas semanas va a respetar los acuerdos firmados con los sindicatos CSIF, CC.OO., UGT, y CIG el pasado abril por el entonces responsable de la cartera, Miquel Iceta.

Lo que se pretende, según Montero, es asfaltar el camino para que haya empleados públicos residiendo en lugares en riesgo de despoblación sin que repercuta en la calidad de la prestación del servicio público.

A la espera de la aprobación del decreto y pese al acuerdo con los sindicatos, el Gobierno adoptó en septiembre una resolución para que, a partir del 1 de octubre, el teletrabajo en la AGE se restringiera como máximo a un día a la semana (un 20 % de la jornada).

Voluntario y reversible

Según el texto firmado hace siete meses, el teletrabajo tendrá para los empleados públicos carácter voluntario y reversible y estará supeditado siempre a que se garantice la prestación presencial de los servicios a la ciudadanía. No obstante, se podrá autorizar de forma «forzosa» en situaciones excepcionales de fuerza mayor que supongan una restricción de la movilidad, como ocurrió el pasado invierno con la borrasca Filomena o durante el confinamiento. La jornada de teletrabajo será la que corresponda a cada empleado público de acuerdo con el calendario laboral y las instrucciones de jornada y horarios, y se podrá prever la existencia de un horario fijo de disponibilidad y localización dentro de la jornada laboral, así como mecanismos de control para su cumplimiento, como el fichaje, y seguimiento de la gestión y trabajos encomendados en los objetivos previamente fijados. Esta modalidad no será de aplicación al personal militar de las Fuerzas Armadas, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, personal destinado en establecimientos sanitarios, centros docentes o de apoyo a la docencia, ni a jueces, magistrados, fiscales y demás personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia.