El Tribunal Europeo de Derechos Humanos desestima el recurso de los condenados por agredir a guardias civiles en Alsasua

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Juicio a los ocho acusados de agredir a dos guardias civiles y sus parejas en octubre del 2016 en la localidad navarra de Alsasua
Juicio a los ocho acusados de agredir a dos guardias civiles y sus parejas en octubre del 2016 en la localidad navarra de Alsasua Fernando Villar | EFE

El Supremo les condenó a penas de entre un año y medio y nueve de cárcel para los ocho encausados

19 ene 2022 . Actualizado a las 15:44 h.

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) no ha admitido a trámite el recurso que presentaron por su condena. Fue en noviembre del 2020 cuando los familiares de los condenados por el conocido como caso Alsasua, englobados en la plataforma Altsasu Gurasoak, anunciaron que presentarían recurso ante el TEDH. En este caso se juzgó y condeno a varios jóvenes por la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en la localidad de Alsasua (Navarra).

Tras el recurso a la sentencia de la Audiencia Nacional, el Tribunal Supremo dictaminó finalmente unas penas de entre un año y medio y nueve años y medio de cárcel para los ocho encausados. Al agotar las vías judiciales en España, optaron por recurrir al TEDH.

En la presentación del recurso indicaron que «ningún órgano del sistema judicial español con competencias para ello ha demostrado tener voluntad de frenar este montaje, demostrando graves carencias democráticas y violando los derechos fundamentales más básicos».

Cabe recordar que en octubre del 2019 la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo rebajó de forma notable las condenas impuestas por la Audiencia Nacional a los ocho jóvenes de Alsasua (Navarra) implicados en la agresión a dos guardias civiles y sus novias en la madrugada del 15 de octubre del 2016. Las penas quedaron reducidas a entre 9 años y medio de cárcel la más alta y hasta el año y medio de prisión la más baja.

La sentencia de la Audiencia Nacional había dictado en esta causa condenas de entre 13 y 2 años de cárcel por delitos de atentado a agentes de la autoridad, lesiones, desórdenes públicos y amenazas, aunque no se les penó por delitos de terrorismo que sí aparecían en los escritos de acusación de la Fiscalía tanto en primera instancia como en apelación.