El Constitucional estudiará si Cataluña vulneró la carta magna al crear un fondo para avalar las fianzas del Tribunal de Cuentas

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Sede del Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo.
Sede del Tribunal Constitucional, en una imagen de archivo. Gustavo Cuevas | Efe

La Generalitat aportó 10 millones de euros al fondo complementario con el que Instituto Catalán de Finanzas avaló las fianzas de los dirigentes independentistas encausados

02 feb 2022 . Actualizado a las 12:38 h.

El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite el recurso presentado por el PP contra el fondo catalán que sirvió para avalar a excargos de la Generalitat ante el Tribunal de Cuentas, que reclamaba una fianza de 5,4 millones de euros en concepto de responsabilidad contable por el uso presuntamente irregular de fondos en la acción exterior de la Generalitat de Cataluña.

Según consta en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles, el Pleno del tribunal de garantías estudiará el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por más de 50 diputados del PP contra el Decreto-ley 15/2021, de 6 de julio, de creación del Fondo Complementario de Riesgos de la Generalitat de Cataluña.

La decisión del Constitucional tiene lugar después de que los populares presentaran, el pasado octubre, su escrito contra el decreto por el que se dotaba de 10 millones de euros al fondo complementario con el que Instituto Catalán de Finanzas (ICF) avalaba las fianzas de los dirigentes independentistas encausados por el Tribunal de Cuentas por la acción exterior desempeñada entre el 2011 y el 2017.

Cabe recordar que la delegada instructora del órgano fiscalizador rechazó los 28 avales presentados por excargos del Govern para cubrir su parte de la fianza de 5,4 millones de euros. Consideró que «atendiendo a la coherencia del sistema de indemnidad del agente público», y a la interpretación de las normas jurídicas conforme al artículo 3 del Código Civil, «el afianzamiento mediante aval garantizado con fondos públicos de las conductas dolosas o marcadas por actos realizados con negligencia o culpa grave no puede quedar legalmente amparado».

Ahora, el Pleno del TC analizará si el Decreto-ley por el que se creó el fondo público con el que se pretendía avalar dichas fianzas es o no constitucional, informa Europa Press.