Víctimas de ETA critican las «limitadas consecuencias jurídicas» que tendrá el fallo del Supremo sobre la doctrina Aristrain

Agencias MADRID / LA VOZ

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Grupo de personas en la Audiencia Nacional dan apoyo al presidente de la Asociación de Víctimas del Terrorismo en el 2007.
Grupo de personas en la Audiencia Nacional dan apoyo al presidente de la Asociación de Víctimas del Terrorismo en el 2007. BENITO ORDÓÑEZ

Alegan que se dan herramientas a los abogados de los terroristas para recurrir sus casos particulares

05 jun 2022 . Actualizado a las 12:42 h.

Las asociaciones de víctimas del terrorismo han acogido con satisfacción, aunque con matices sobre su alcance, la decisión del Tribunal Supremo rechazando la petición del miembro de ETA Xavier Atristain para revisar su condena en aplicación del fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), que cuestionaba que no hubiera tenido un abogado de su elección en el régimen de incomunicación tras ser detenido.

«El Supremo deja claro que no cabe una revisión generalizada y de oficio», ha señalado en declaraciones a Europa Press Carmen Ladrón de Guevara, la abogada de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT), que dio la voz de alarma sobre una posible excarcelación masiva si no se frenaba la interpretación extensiva de Sortu. Esta formación aboga por generalizar la conocida como doctrina Atristain a otros terroristas que cumplen condena, a imitación de lo ocurrido con la doctrina Parot.

Junto a PNV y la marca de Podemos en Euskadi, este viernes insistieron en esta idea mediante una declaración conjunta mostrando su «preocupación» por la decisión «arbitraria» del Supremo, que conllevó la detención inmediata de Atristain y su reingreso en la prisión de Martutene. La Sala de lo Penal desestimó el recurso de revisión de Atristain, alias Golfo, y confirmó la resolución por la que se le condenó a 17 años de prisión debido a un delito de pertenencia a organización terrorista y tenencia de armas y explosivos. El preso de ETA ha cumplido once años de condena y su licenciamiento está previsto para el 5 de abril del 2028.

Motivación y otras pruebas

Pese a que el TEDH no atendió al recurso de la Abogacía del Estado, el Supremo mantiene la condena a Atristain basándose, en opinión de la letrada de la AVT, en dos cuestiones clave: la condena se sustentó en otras pruebas además de la declaración prestada en régimen de incomunicado y la indemnización de 12.000 euros (y 8.000 por costas) repara este daño causado por la vulneración.

«Estrasburgo avala el régimen de incomunicación», recuerda la abogada de la AVT, que añade que lo que sí advierte es que en el caso concreto de Atristain faltaba una motivación individualizada y no genérica. No obstante, el Supremo a posteriori ha aclarado que ese reproche a España quedó resuelto para este miembro de ETA porque durante el proceso judicial sí contó con un abogado de su elección, por lo que la limitación de derechos fue compensada.

Otros presos de ETA, como Gorka Palacios y Juan Carlos Iglesias Chouzas, apodado Gadafi, sí han sido absueltos en aplicación de la doctrina Atristain, pero la letrada de la AVT recuerda que en estos casos sí se justificó la decisión en que la condena se basó en la declaración bajo el régimen de incomunicación, sin otros elementos de prueba.

Consecuencias en próximos recursos

El presidente de Dignidad y Justicia, Daniel Portero, subraya que en el caso de Atristain la resolución de Estrasburgo no es determinante porque la confesión en régimen de incomunicación del etarra no fue clave para la posterior condena. «Sin embargo», sostiene Portero, «está claro que la resolución no es positiva pues da herramientas a los abogados de los terroristas para recurrir sus casos particulares».

En su opinión, fue la Abogacía del Estado, «sometida al Gobierno», la que no hizo bien su trabajo y esto traerá «consecuencias». Ante esta circunstancia, Portero ha indicado que Dignidad y Justicia estará vigilante para evitar que esa supuesta falta de diligencia de la Abogacía del Estado «se traduzca en excarcelaciones y beneficios políticos para Bildu».

Por su parte, Covite sostiene que el fallo del TEDH sobre Atristain tiene «limitadas consecuencias jurídicas» en otros presos de ETA. Esta asociación se ha centrado en redes sociales en denunciar las «mentiras y ataques injustificados al Estado de Derecho» del entorno etarra y de partidos como Sortu, que sostuvo que la decisión del Supremo «profundiza en la impunidad del aparato del Estado y en la violación de derechos humanos».

En este sentido, Covite ha denunciado que SARE, la red de apoyo a los presos de ETA, pidiera la excarcelación de Atristain. «No pierden ni una oportunidad para exigir impunidad y presentarse ellos, los asesinos y sus cómplices, como víctimas; no cabe mayor cinismo», han denunciado en su cuenta de Twitter.