Luz verde del Gobierno a la ley trans, que permite decidir si uno es hombre o mujer independientemente de su identidad biológica

M. V.

ACTUALIDAD

MICHAEL BUHOLZER | efe

La norma, aprobada en Consejo de Ministros, se enviará al Congreso para una rápida tramitación. El Ejecutivo desoye el informe del CGPJ que cuestiona que los menores de edad puedan cambiar de sexo registral sin constatar antes su madurez

27 jun 2022 . Actualizado a las 18:41 h.

El Consejo de Ministros ha aprobado este lunes, víspera del Día Internacional del Orgullo, su propuesta definitiva para la ley trans, que ahora se enviará al Congreso para su tramitación. Allí, los grupos parlamentarios podrán sugerir modificaciones a la norma. El proyecto, que lleva un año siendo retocado y ha generado importantes roces internos en el seno del Gobierno, plantea finalmente que cualquier español mayor de 14 años pueda cambiar libremente de sexo en el Registro Civil, sin necesidad de autorización judicial, informes médicos ni tratamiento hormonal.

Así, si uno se siente hombre así puede hacerlo constar en su DNI, y lo mismo si se siente mujer, independientemente de su identidad biológica. ¿Son los menores de 16 años lo suficientemente maduros para tomar esta decisión? La norma exige que para oficializar este cambio, a los 14 y a los 15 años es necesario contar con el apoyo paterno —si hay desacuerdo entre los progenitores será un defensor judicial el que resuelva la disputa—, y a los 12 y a los 13, con el visto bueno de un juez. Antes de los 12 no se podrá cambiar el sexo registral, pero sí el nombre por el que se considere más acorde a la realidad.

Hace un par de meses, el Consejo General del Poder Judicial emitió un informe crítico con el texto del Ministerio de Igualdad incidiendo en que, de no afinarse, la norma podría vulnerar derechos de las mujeres no transexuales en el ámbito deportivo y en el de la violencia de género, y sugiriendo que debería reforzarse el control sobre los menores que quieren cambiar el sexo registral. El órgano cree la decisión de los que tengan menos de 18 debería estar avalada por un juez. Defiende que la supervisión a estas edades —la comprobación de la madurez del adolescente y la firmeza de su deseo de transexualidad— es la única fórmula que garantiza la protección del menor y el respeto a sus derechos. El Gobierno, sin embargo, ha desoído la recomendación del CGPJ, manteniendo en los 14 la edad a partir de la cual se puede cambiar de sexo en el registro sin autorización judicial. Desde el Ministerio de Igualdad señalan que el texto presentado hace exactamente un año ha sido «actualizado», pero que no se han incluido «grandes cambios».

¿Qué dice exactamente el proyecto de ley?

1. Toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años podrá solicitar por sí misma ante el Registro Civil la rectificación de la mención registral del sexo.

2. Las personas menores de 16 años y mayores de 14 podrán presentar la solicitud por sí mismas, asistidas en el procedimiento por sus representantes legales. En el supuesto de desacuerdo de los progenitores o representante legal, entre sí o con la persona menor de edad, se procederá al nombramiento de un defensor judicial de conformidad con lo previsto en el artículo 300 del Código Civil.

3. Las personas con discapacidad podrán solicitar, con las medidas de apoyo que en su caso precisen, la rectificación registral de la mención de sexo.

4. El ejercicio del derecho a la rectificación registral de la mención relativa al sexo en ningún caso podrá estar condicionado a la previa exhibición de informe médico o psicológico relativo a la disconformidad con el sexo mencionado en la inscripción de nacimiento, ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole.

Otras claves de la ley

Además de la autodeterminación de sexo, la ley prohíbe y sanciona con hasta 150.000 euros las terapias reparativas o de reorientación sexual, garantiza por ley la financiación pública de las técnicas de reproducción asistida a lesbianas, bisexuales y trans con capacidad de concebir, y autoriza la inscripción como progenitor legal a la pareja de una madre lesbiana o bisexual. También reconoce y da protección a las víctimas de la violencia en parejas de un mismo sexo.

La propuesta  incluye también un régimen de infracciones y sanciones por actos de discriminación a las personas LGTBI, con multas desde los 200 euros por insultos o pintadas, a los 150.000 por prohibir el acceso a un bar o no alquilar una vivienda a una persona del colectivo.