Una sentencia declara que el permiso por lactancia debe disfrutarse en días hábiles, no naturales
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El Tribunal Superior de Extremadura da la razón a una agente de policía y le amplía el período de descanso
12 jul 2022 . Actualizado a las 20:18 h.Las trabajadoras tienen derecho a disfrutar del permiso por lactancia en días hábiles y no en días naturales. Así lo ha declarado la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) en una sentencia que se ha hecho pública este martes. En su fallo, el alto tribunal ha estimado el recurso de una agente de la Policía Nacional interpuesto contra la resolución del Jefe de la División de Personal de la Dirección General de la Policía relativa a la concesión de permiso de lactancia.
La agente, que tenía reconocidos 28 días de permiso por lactancia, reclamaba que ocho de ellos coincidían con jornadas en las que no tenía que trabajar pues se encontraba de descanso, por lo que pedía poder disfrutarlos en otro momento, algo que rechazó la dirección del cuerpo. Sin embargo, el alto tribunal ha estimado su recurso y ahora contará con ocho días más de permiso.
La sentencia indica que «en aras de la conciliación familiar, lo esencial es disponer de un tiempo libre durante la jornada laboral con el fin de cuidar a los menores». Esa jornada laboral —continúa— «lógicamente debe entenderse en días laborables ya que existen otros días, los naturales, en los que no se tiene que trabajar de manera obligatoria».
En consecuencia, los magistrados declaran que la recurrente tiene derecho a disfrutar de 28 jornadas de permiso en días hábiles, sin tener en consideración los naturales. Así, los días que le resten los podrá disfrutar de manera acumulada en el momento más próximo a la firmeza de la sentencia y siempre en jornadas en las que no se afecte a la prestación del servicio de manera especial, concluye el fallo.