Los autónomos podrán cobrar la prestación por desempleo sin necesidad de cerrar el negocio

Manoli Sío Dopeso
m. sío dopeso REDACCIÓN / LA VOZ

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Hacienda y Seguridad Social verificarán los ingresos declarados

17 dic 2022 . Actualizado a las 18:30 h.

Ya es oficial. A partir del 1 de enero del 2023, los trabajadores autónomos cotizarán en función de sus ingresos reales, y no según el baremo de una base elegida voluntariamente como hasta ahora. La reforma, aprobada ayer en el Consejo de Ministros afecta a los 3,4 millones de trabajadores por cuenta propia que hay en España, 208.000 de ellos dados de alta en Galicia.

El nuevo modelo cuenta con 15 tramos de rendimientos netos y bases de cotización que van desde una cuota mínima de 230 hasta los 500 euros mensuales.

La nueva tabla de cotizaciones es la principal modificación, pero la norma aprobada incluye otros puntos de gran interés para los autónomos, por ejemplo: a partir de enero los autoempleados podrán compatibilizar el cobro de una prestación por desempleo con el desarrollo de la actividad, algo que ahora está vetado y que solo se pudo hacer durante la pandemia.

«La prestación por cese de actividad no cumplía los objetivos ni desde el punto de vista cuantitativo ni cualitativo», reconoció el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, quien ofreció un dato muy significativo: en el 2019, menos de 1.500 autónomos accedieron a esta prestación.

De 4 meses a 2 años de paro

Por eso, el Gobierno ha hecho una reformulación completa de la protección de los trabajadores por cuenta propia, manteniendo el cese de actividad ordinario, pero incorporando nuevas modalidades. Así, se reconoce una nueva prestación del 50 % de la base reguladora compatible con otra actividad que podrá cobrarse durante un período de cuatro meses a dos años. Para acceder a el, deben acreditar una reducción del 75 % del nivel de ingresos o ventas cuando no se cuente con trabajadores; y quienes tengan empleados a cargo, esta misma reducción de facturación, unos ingresos por debajo del salario mínimo y tener al 60 % de empleados en un ERTE.

También se regula el cese temporal parcial por fuerza mayor cuando haya una declaración de emergencia y los autónomos pierdan el 75 % de sus ingresos y se queden con una renta no superior al SMI.

Otra novedad del nuevo sistema es que dota a la Agencia Tributaria de un papel fiscalizador aún mayor, especialmente a la hora de determinar los ingresos reales, algo que hará cruzando datos con la Seguridad Social. La revisión de cada ejercicio económico se llevará a cabo en el año siguiente. También el papel del fisco será determinante a la hora de comprobar las diferentes deducciones a las que el trabajador autónomo tiene derecho a la hora de fijar sus ingresos netos. Por ejemplo, el nuevo modelo establece una deducción por gastos genéricos del 7 % para aquellos trabajadores autónomos individuales, y del 3 % para trabajadores por cuenta propia societarios, que serán revisadas concienzudamente por Hacienda.

Mayores de 47 años

Otro cambio relevante es que a partir del 2023, el tope de cotizaciones para los trabajadores mayores de 47 años desaparece. Hasta ahora cabía la opción de aumentar la base de forma voluntaria para elevar la cuantía de la pensión de jubilación en los años previos a alcanzarla. Ahora esto ya no es necesario, ya que con el nuevo sistema el tramo correcto de cotización lo determinan los ingresos.

Una novedad más es la desgravación de un 10 % de las aportaciones al plan de pensiones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

Tarifa menos plana de 80 euros al mes

Con el nuevo sistema de cotización por ingresos reales, los autónomos que se den de alta por primera vez van a terminar pagando menos cuota que con el actual.

Los trabajadores por cuenta propia que iniciaron su actividad en el 2022 podrán seguir disfrutando de la tarifa plana estatal que reduce la cuota de los autónomos durante 24 meses a 60 euros para facilitar sus primeros pasos. El nuevo sistema de cotización modifica la cuantía de esta bonificación, y la eleva a 80 euros, pero la subida no afectará a quienes hayan solicitado esta ayuda antes del 2023.

ATA, una de las grandes asociaciones del colectivo, explica que todos los trabajadores por cuenta propia que estén en la modalidad de tarifa plana desde antes del 1 de enero del 2023 mantendrán las mismas condiciones actuales. «Sin embargo, se plantearán distintos escenarios. No será lo mismo emprender una actividad a finales del 2022 que a día 1 de enero del 2023. Si un autónomo se da de alta el 25 de diciembre, pagará un mínimo de 60 euros de tarifa plana a lo largo del 2023 hasta el 25 de diciembre de ese año. Si por el contrario, espera para comenzar su actividad hasta el año que viene, hasta que entre en vigor el proyecto de ley de cotización por ingresos reales, pagará una cuota fija de 80 euros desde el principio», concreta ATA.