Compradores de vivienda usada también podrán reclamar daños a las promotoras

Cristina Porteiro
C. Porteiro REDACCIÓN / LA VOZ

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MONICA IRAGO

El Supremo aclara que deberán ser indemnizados cuando la calidad de los inmuebles no se ajuste a lo pactado

01 ago 2022 . Actualizado a las 18:09 h.

Puertas y armarios de peor calidad, acabados cicateros o garajes sin pintar en el mejor de los casos. Sin ascensor en el peor de ellos. Son muchas las sorpresas ingratas que se pueden llevar los propietarios de una vivienda cuando acceden por primera vez a su inmueble, sea de obra nueva o de segunda mano. Las promotoras no siempre cumplen con lo publicitado y convenido en la Memoria de Calidades, ese documento donde debe quedar reflejado la distribución, los materiales y la calidad de la obra. 

Los tiempos de la justicia y el tradicional recelo de los ciudadanos a verse inmersos en juicios hace que muchos propietarios renuncien a acudir a los tribunales para exigir indemnizaciones a las compañías, pero una sentencia reciente del Tribunal Supremo allana el camino a los más reticentes.  

El pasado 22 de junio, el juez Francisco Javier Arroyo Fiestas estimó el recurso de casación presentando por 15 propietarios de viviendas construidas entre el 2004 y el 2006 en Las Palmas de Gran Canaria contra un fallo de la Audiencia Provincial que eximía a las promotoras Acciona Inmobiliaria S.L.U. y Realia Business S.A. de indemnizarlos por no respetar los compromisos recogidos en la Memoria de Calidades de sus viviendas. Las compañías alegaban que nueve de esos vecinos no tenían derecho alguno a reclamar incumplimientos en el equipamiento de los inmuebles dado que el contrato de compraventa se selló con los anteriores propietarios y no con las compañías directamente. 

Propietarios excluidos 

Aunque la justicia dictaminó desde un primer momento que ambas promotoras habían incumplido los planes de construcción acordados -no instalaron puertas de acceso blindadas de madera noble y las puertas de paso y de armarios eran estética y funcionalmente peores que las proyectadas-, solo las obligó a indemnizar a los seis propietarios que denunciaron y que habían adquirido el inmueble cuando todavía era nuevo. Se excluyeron a los nueve propietarios que habían comprado viviendas de segunda mano. La justicia dictaminó entonces que no tenían derecho a reclamar, levantando una enorme polvareda entre los vecinos. 

Después de un largo trasiego judicial, que se extendió desde el año 2016, el Tribunal Supremo ha terminado por darles la razón en última instancia, amparándose en el artículo 1257 del Código Civil. Este aclara que los contratos en favor de un tercero -como un contrato de compraventa de una vivienda usada-, permitirá a su nuevo propietario «exigir su cumplimiento».

Rectificación e indemnizaciones

«Los recurrentes (como segundos adquirientes de la vivienda) están legitimados para reclamar en este procedimiento, en defensa de sus derechos, adquiridos en base a la compraventa de los anteriores titulares, que nunca renunciaron a sus derechos», recoge la sentencia, que rectifica la dictada por la Audiencia Provincial y da la razón a los denunciantes. 

Según reza el documento, tanto Acciona como Realia deberán abonar 16.046 euros por cada vivienda dúplex, 9.666 euros por cada piso de dos habitaciones y 4.497 euros por cada piso con una habitación si los propietarios de los mismos deciden cambiar las puertas y los armarios de las viviendas, independientemente de que hayan comprado la vivienda a las promotoras o a un particular. Si optan por conservar los inmuebles en su estado actual, las indemnizaciones se limitarán a los 6.099, 1.736 y 705,5 euros respectivamente. ¿Podrán exigir a mayores dinero para sufragar los gastos de montaje y mano de obra? La sentencia aclara que cualquier coste en este sentido deberá descontarse de la indemnización. 

Más allá de este caso particular, el pronunciamiento del Supremo abre la puerta a que los propietarios de viviendas de segunda mano, que fueron construidas en los años del bum inmobiliario, con calidades por debajo de lo pactado, puedan reclamar a las compañías compensaciones, ya sea por cambios en el mobiliario o en las estructuras. La sentencia también abarca otras propiedades, como garajes o trasteros, donde es habitual que techos, carpintería y espacios sufran cambios durante su construcción respecto a la Memoria de Calidad.