Los médicos objetores no podrán estar en los comités clínicos sobre abortos

la voz AGENCIAS

ACTUALIDAD

Fernando Sánchez | EUROPAPRESS

La Comisión de Igualdad aprueba este martes el informe de la ponencia para reformar la ley, que incluye la opción de que un juez decida de forma urgente en caso de desacuerdo entre una menor y sus padres o tutores

29 nov 2022 . Actualizado a las 16:51 h.

 La Comisión de Igualdad del Congreso aprobará este martes el informe de la ponencia sobre la reforma de la ley del aborto, en el que, entre otras, se han introducido enmiendas para impedir que los médicos objetores participen en los comités clínicos que deciden sobre los abortos a partir de las 22 semanas.

Este es uno de los cambios introducidos en el proyecto de ley aprobado por el Gobierno, que tiene como principales objetivos garantizar las interrupciones voluntarias del embarazo en la sanidad pública evitando la desigualdad territorial y eliminar la exigencia de consentimiento paterno para las chicas de 16 y 17 años, que incluyó el PP en 2015.

Desde la ley del aborto aprobada en 2010, una vez pasada la semana 22 del embarazo la interrupción del mismo solo se permite cuando hay una malformación incompatible con la vida o una enfermedad «grave e incurable», algo que debe ratificar un comité clínico designado por la administración competente de las comunidades.

Ahora, por una enmienda de Unidas Podemos (UP) y del grupo Plural, se determina que ninguno de los miembros de un comité clínico pueda participar del registro de objetores ni haber formado parte en los últimos tres años. Además, en cada comunidad habrá, al menos, un comité clínico en un centro de la red sanitaria pública.

UP también ha logrado que en el dictamen se incluya que estos comités no tengan la última palabra en la interrupción del embarazo a partir de la semana 22, sino que la paciente pueda «recurrir en vía jurisdiccional» su decisión en caso de no estar de acuerdo.

Las menores de 16 años

El PSOE y Unidas Podemos han enmendado el texto para reafirmar que en caso de discrepancias entre una menor de 16 años y aquél que deba autorizar que esta se someta a un aborto, el conflicto se resolverá por la autoridad judicial con «carácter urgente». Se trata de un precepto ya establecido desde 2002 en la ley de autonomía del paciente, pero ahora se ha añadido a la ley del aborto y se ha precisado que se trate por esa vía de urgencia.

A propuesta del grupo socialista se han añadido enmiendas para impedir que las instituciones públicas apoyen a las asociaciones provida y para eliminar las sanciones a médicos que practiquen abortos sin respetar el período de reflexión y sin dar información a sus pacientes sobre políticas activas de apoyo a la maternidad, dado que la reforma elimina estos requisitos.

Las enmiendas que quedan fuera

Además de las enmiendas que se han incorporado al dictamen, los grupos defenderán en la Comisión las que no están incluidas pero mantienen vivas, como las del PP, que apuesta por suprimir gran parte del articulado al considerar que se trata de un texto «innecesario» que genera mayor «inseguridad» a la mujer.

También se debatirán propuestas como las de Unidas Podemos para incorporar a la ley el término de violencia obstétrica o la de Ciudadanos para suprimir la interpretación de la gestación subrogada como una forma de violencia.