El PSOE plantea un nuevo tipo penal de enriquecimiento ilícito castigado con hasta tres años de cárcel

La Voz AGENCIAS

ACTUALIDAD

Patxi López, portavoz parlamentario del PSOE, en rueda de prensa.
Patxi López, portavoz parlamentario del PSOE, en rueda de prensa. Jesús Hellín | EUROPAPRESS

ERC pide despenalizar las ocupaciones pacíficas para que otro 1-O no sea reconocido como delito

09 dic 2022 . Actualizado a las 12:30 h.

El PSOE quiere aprovechar la reforma del Código Penal que pondrá fin al delito de sedición para tipificar el delito de «enriquecimiento ilícito», que castigará con entre seis meses y tres años de cárcel y con inhabilitación de entre dos y siete años a los cargos públicos que hasta cinco años después de abandonar su puesto incrementen su patrimonio en más de 250.000 euros y no lo puedan justificar.

Con este objetivo, han registrado una enmienda a la proposición de ley que impulsaron junto con Unidas Podemos para, entre otras cosas, acabar con el delito de sedición, según ha explicado en rueda de prensa el portavoz del Grupo Socialista en el Congreso, Patxi López.

López ha insistido en que esta enmienda no tiene que ver con el delito de malversación que ERC propone retocar durante la tramitación de esta iniciativa, y que tampoco tendrá ningún efecto sobre los condenados por el caso de los ERE fraudulentos de Andalucía. El dirigente socialista ha asegurado que no han negociado este asunto con los republicanos y he hecho hincapié en que el PSOE, como el propio Código Penal «distingue» entre «corrupción y malversación».

En este contexto, ha indicado que hablarán con los de Gabriel Rufián cuando conozcan sus propuestas y, en cualquier caso, ha recalcado que los socialistas no aceptarán «ningún retroceso» en la lucha contra la corrupción y que «cualquier uso irregular o arbitrario de los fondos públicos tiene que estar penado».

La enmienda de ERC a la reforma del Código Penal propone modificar el delito de malversación que afecta a autoridades y funcionarios para distinguir si esa apropiación indebida de bienes conlleva o no ánimo de lucro para la persona, de forma que fija penas más bajas para quienes no se beneficien personalmente del delito.

Concretamente, la propuesta de ERC que retoca el artículo 432 plantea condenas con horquillas de prisión de dos a ocho años para los casos más graves en los que exista «ánimo de lucro» y de seis meses a tres años para el cargo que «sin ánimo de apropiárselo, destinare a usos particulares y ajenos a la función pública, el patrimonio público puesto a su cargo por razón de sus funciones o con ocasión de las mismas».

En este caso, la suspensión de empleo y cargo público será de uno a cuatro años, en tanto que el partido republicano eleva a veinte años la inhabilitación en los casos más graves de malversación que considera en tres supuestos: cuando haya daño grave al servicio público, cuando el patrimonio público exceda los 50.000 euros o si lo malversado tuviera valor artístico o científico o si fuera destinado a aliviar alguna calamidad pública.

Además, si el valor del perjuicio causado o del patrimonio público apropiado excediere de 250.000 euros, se impondrá la pena de prisión en su mitad superior, pudiéndose llegar hasta la superior en grado. ERC justifica su enmienda en la necesidad de volver en la tipología de este delito a la redacción anterior a la reforma de 1995 ejecutada por el PP, con el objetivo de que la malversación recoja las conductas de apropiación del patrimonio público con ánimo de lucro.

No obstante, la propuesta de Esquerra incorpora también la definición de lo que se entiende por patrimonio público, que es el conjunto de bienes y derechos de contenido económico-patrimonial perteneciente a las administraciones públicas. Para ERC su nueva redacción enmienda la «inadecuada» reforma del 2015, que equipara «indebidamente» lo que suele denominarse administración de activos ajenos particulares y públicos y que se usó de «forma arbitraria para perseguir al movimiento independentista». «Beneficios privados y servicios públicos son a ojos vista objetivos diversos y, por tanto, no merecen ser equiparados en cuanto protección juridicopenal», valora ERC.

Ocupación ilegal de los colegios

La formación republicana también quiere suprimir del Código Penal la ocupación de locales, establecimientos u oficinas cuando se ejecuten de forma pacífica, una propuesta que supondría despenalizar cualquier acción similar a la ejecutada el 1 de octubre de 2017 en Cataluña cuando se ocuparon decenas de colegios como sedes de votación del referéndum ilegal de autodeterminación.

Además de la propuesta para reformar también el delito de malversación y distinguir las horquilla de penas en función de si la conducta supone o no enriquecimiento personal de un cargo público, el partido republicano ha registrado a primera hora de este viernes otras cuatro enmiendas relativas a los desórdenes públicos contemplados en el artículo 557.

ERC apuesta por suprimir directamente el apartado relativo a «las ocupaciones pacíficas de locales, establecimientos, oficinas o domicilios» pues asegura que no producen una afectación de la paz pública y por tanto, estas conductas no reúnen el suficiente nivel de lesividad como para reclamar la intervención del Derecho Penal.

Si esta reclamación fuese incorporada al texto final, ERC evitaría que otro 1-O pudiera ser delito, ya que se ocuparon de forma pacífica colegios electorales en Cataluña para habilitarlos como sedes de votación, algunos de los cuales tuvieron que ser desalojados a la fuerza por policías y guardias civiles.