Villarejo, absuelto del delito de descubrimiento y revelación de secretos por la grabación del CNI

La Voz REDACCIÓN

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El excomisario José Villarejo en una imagen de archivo.
El excomisario José Villarejo en una imagen de archivo. Fernando Villar | EFE

Los magistrados sostienen que no hay pruebas de los delitos que le atribuía la Fiscalía

12 ene 2023 . Actualizado a las 13:29 h.

La Audiencia Provincial de Madrid ha absuelto al comisario jubilado José Manuel Villarejo de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos que le atribuía la Fiscalía por supuestamente haber ordenado grabar y publicar en un medio una reunión entre agentes de la Policía Nacional y el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) relativa a la investigación sobre Francisco Nicolás Gómez Iglesias, más conocido como el Pequeño Nicolás.

Los magistrados han adoptado esta decisión al no haber encontrado a lo largo del juicio una base probatoria en el argumento de la Fiscalía y sí, en cambio, una falta de coherencia lógica en el relato que proponía el Ministerio Público que les impide condenar al comisario. 

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Audiencia de Madrid también ha absuelto de los delitos de descubrimiento y revelación de secretos a la esposa del comisario, Gemma Alcalá, y al periodista Carlos Mier. Así, el exmando de la policía se libra de que la podría haber sido su primera condena. La Fiscalía pedía para él cuatro años de prisión. El comisario queda pendiente de la sentencia de la Audiencia Nacional relativa a tres piezas -Iron, Land y Pintor-, en la que se enfrenta a una petición de 83 años de prisión.

En este caso, el tribunal ha desestimado la acusación de la Fiscalía, que aseguraba que Villarejo había ordenado grabar una reunión celebrada en octubre del 2014 en la que el entonces jefe de la Unidad de Asuntos Internos Marcelino Martín Blas informó a varios agentes del CNI sobre la investigación en curso sobre el Pequeño Nicolás, a quien tenían bajo sospecha por hacerse pasar -ante varios empresarios- como enlace entre la Vicepresidencia del Gobierno y la Casa Real, y como agente de Inteligencia.

La decisión de la Audiencia de Madrid aún no es firme y puede ser recurrida en casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, la competente en asuntos de naturaleza penal.