Teletrabajar no da derecho a la deducción por movilidad geográfica

Sara Cabrero
S. Cabrero REDACCIÓN / LA VOZ

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Miguel souto

La Agencia Tributaria especifica que para poder aplicarse esta deducción, el trabajador debe trasladar su residencia de un municipio a otro

13 ene 2023 . Actualizado a las 09:08 h.

La Agencia Tributaria incluye una deducción por movilidad geográfica de hasta 2.000 euros de gastos. Está pensada para aquellas personas que, estando inscritas como demandantes de empleo, consigan un trabajo que les obligue a trasladar su residencia de un municipio a otro. Esta, además, se puede aplicar tanto en el año en el que se produce la mudanza como al siguiente y su cantidad se puede ver ampliada hasta los 7.750 euros anuales para personas con discapacidad.

Pero no todo el mundo puede beneficiarse de ella. Al menos eso es lo que ha publicado recientemente la Dirección General de Tributos (DGT) en una consulta vinculante. Según este organismo, no podrá aplicarse esta deducción si el empleador permite al contratado teletrabajar la mayor parte del tiempo y en su declaración de la renta no figura especificado el cambio de domicilio: «Se requiere la existencia de una relación de causalidad entre el cambio de residencia y la aceptación del puesto de trabajo», especifica el organismo en su contestación. El caso del que parte la consulta es el de un contribuyente que había sido contratado el 1 de febrero del 2021. Sin embargo, hasta septiembre del 2022 no se vio obligado a cambiar de residencia, por lo que la DGT determinó que no se cumplía el requisito necesario para poder aplicar la deducción. «La aplicación del incremento de gasto deducible queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser, necesariamente, aquel en que esté situado el puesto de trabajo que se acepta. Eso sí, el nuevo puesto de trabajo debe exigir el cambio de residencia», resumen.