Las trabajadoras en ERTE no tendrán que devolver la deducción por maternidad

Ana Balseiro
ANA BALSEIRO MADRID / LA VOZ

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Eduardo Parra | EUROPAPRESS

El ministerio impulsará un cambio normativo con efectos retroactivo desde el 2020 para evitar el reintegro de la ayuda, de 1.200 euros anuales

19 ene 2023 . Actualizado a las 18:11 h.

Las mujeres trabajadoras con hijos menores de 3 años y que durante la pandemia se aplicaron la deducción por maternidad no tendrán que devolverla. El Ministerio de Hacienda así lo ha confirmado después de que este jueves la cadena SER adelantara que algunas delegaciones de la Agencia Tributaria (AEAT) habían enviado requerimientos en ese sentido a algunas contribuyentes.

En la notificación, Hacienda argumentaba que no tenían derecho a dicho incentivo fiscal si su actividad laboral estaba suspendida, que es lo que entendía la AEAT que ocurría en los ERTE.

La deducción por maternidad en el IRPF supone 100 euros mensuales (1.200 al año) y la revisión de las ayudas percibidas responde, según fuentes del ministerio, a la aplicación de una consulta realizada a la Dirección General de Tributos, en el año 2013, durante el Gobierno de Mariano Rajoy, en la que el organismo interpretaba que la citada deducción no era de aplicación si la trabajadora había estado incluida en un ERTE de suspensión completa de la actividad, ya que en esa situación dejaba de cumplir los requisitos exigidos para beneficiarse, puesto que no habían ejercicio ninguna «actividad por cuenta propia o ajena». Y es que esa era la condición requerida para percibir el incentivo fiscal.

Sin embargo, desde el Ministerio de Hacienda han confirmado que tomarán cartas en el asunto para aclarar definitivamente la situación y que no vuelvan a producirse requerimientos de reembolso del dinero. ¿Cómo? La pretensión es poner en marcha un cambio normativo para que blinde las ayudas a la maternidad, al incluir las especificidades de los ERTE puestos en marcha durante la pandemia como paraguas para evitar la destrucción de empleo por el paro —total o parcial— al que se vieron forzadas muchísimas empresas en el país. Cabe recordar que los ERTE llegaron a dar cobertura a más de tres millones de trabajadores en el peor momento de la pandemia, durante el confinamiento y las restricciones de movilidad en la primavera del 2020.

Este instrumento, que ya existía en la normativa laboral del país, se adaptó parara evitar una ola de despidos. Así, permitió que el trabajador acogido a una suspensión completa de su empleo o a una reducción de su jornada laboral, cobrase la prestación por desempleo durante el tiempo que durase el ERTE, en el que también seguiría dado de alta en la Seguridad Social, como si estuviera en activo sin restricciones.

Fuentes de Hacienda han confirmado que ahora el cambio legal incluirá como beneficiarias de la deducción por hijos a las personas que cobren prestación por desempleo, algo que hasta el momento no ocurría.

Esta medida, que tendrá efectos retroactivos desde el 2020 para favorecer a quienes se aplicaron la deducción durante el peor momento del covid, se sumará a la que está en vigor desde el inicio de este año, y que supone extender la ayuda por maternidad a mujeres que hayan cotizado solo un mes o recibido una prestación contributiva o asistencial, lo que hace compatible la desgravación con el cobro de la prestación de desempleo.

Compensación a las afectadas

Junto con el cambio normativo, Hacienda ya ha dado instrucciones para que no se remitan más requerimientos como los cursados a finales del año pasado y en lo que llevamos de este. En los casos de quienes ya las hayan recibido y se les haya revocado el beneficio fiscal, Hacienda se lo compensará.