El Tribunal Superior de Justicia de Valencia rechaza la presión permanente revisable para el asesino de Marta Calvo

La Voz AGENCIAS

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El presunto asesino de Marta Calvo y de dos jóvenes más, Jorge Ignacio Palma, en el inicio del juicio en la Audiencia de Valencia
El presunto asesino de Marta Calvo y de dos jóvenes más, Jorge Ignacio Palma, en el inicio del juicio en la Audiencia de Valencia Rober Solsona | EUROPAPRESS

La sala entiende que la redacción literal del artículo del Código Penal que regula esta pena lo impide

07 mar 2023 . Actualizado a las 16:13 h.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha confirmado la condena de 159 años y 11 meses para el autor del triple asesinato de Marta Calvo, Arliene Ramos y Lady Marcela y ha rechazado la petición de las acusaciones particulares para que se le aplicase la prisión permanente revisable.

Se confirma así la pena para Jorge Ignacio Palma como responsable de tres asesinatos y otros seis homicidios intentados sobre otras seis mujeres en el transcurso de encuentros sexuales con consumo de cocaína, entre otros delitos, entre junio del 2018 y noviembre del 2019.

Los magistrados han desestimado el recurso de apelación formulado por la defensa al entender que el acusado fue condenado «con prueba de cargo, indiciaria pero suficientes». «No fue arbitrario o irracional que los miembros del jurado consideraran acreditados los hechos basándose en aquellos testimonios privilegiados y coincidentes, en las diferentes pericias practicadas y demás pruebas aportadas a la causa», concluyen.

La magistrada que presidió este juicio con jurado en la Audiencia Provincial dictaminó que no era de aplicación al interpretar que el artículo 140.2 del Código Penal exige que hayan sido dictadas otras condenas con anterioridad por delitos contra la vida en uno o varios procedimientos diferentes.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV llega a la misma conclusión tras realizar una lectura del contenido literal del precepto legal, pero por distinta vía: no por el tiempo verbal («hubiera sido condenado») contenido en la norma sino por la exigencia de «índole cuantitativa» que incluye. Así, el artículo 140.2 establece que se impondrá la prisión permanente al reo de asesinato «que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas».

En este caso, el delito al que cabría aplicar esa pena, a juicio del TSJCV, es el asesinato de la tercera de las víctimas, Marta Calvo, y antes de ese crimen, el acusado no asesinó a «más de dos personas», sino exactamente a dos.

«En el fondo y puesto que la expresión utilizada no fue 'dos o más' sino 'más de dos', el legislador parece dirigirnos a condicionar la hiperagravación a condenas por al menos tres delitos consumados contra la vida, y en nuestro caso solo hay dos», los relativos a Arliene Ramos y Lady Marcela», razona el Tribunal.

Los magistrados admiten que hay otra interpretación doctrinal que autoriza a englobar en estas tres condenas requeridas por el Código Penal la última de las impuestas, pero se inclinan por la que ellos realizan en virtud del principio in dubio pro reo, al ser la más favorable al penado.

Del mismo modo, la Sala rechaza que se pueda aplicar en este caso la prisión permanente conforme a otro apartado del mismo artículo del Código Penal, el 140.1.2º, que la contempla cuando el asesinato es subsiguiente a un delito contra la libertad sexual cometido sobre la víctima.

El Alto Tribunal valenciano llega a esta conclusión, como hizo la Audiencia, porque a partir de los hechos que han sido declarados probados ambos delitos «fueron cometidos en unidad de acto y secuencialmente unidos».

Por otro lado, la Sala de lo Civil y Penal ha confirmado igualmente la absolución de Jorge Ignacio Palma por el delito contra la integridad moral, en relación a la ocultación de los restos mortales de Marta Calvo.

En este punto, según recoge la sentencia de apelación, la justificación incluida en el veredicto del jurado «no termina de confirmar la presencia de una actuación dolosa», una intención acreditada de causar un dolor añadido a los padres de esta joven.