Todos los estudiantes en prácticas cotizarán desde octubre, con una rebaja del 95 % en su cuota
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El coste máximo para la empresa será de 60 euros al mes y se podrán reconocer períodos formativos de los últimos dos años
21 mar 2023 . Actualizado a las 09:08 h.Los estudiantes que realicen prácticas en empresas tendrán garantizado, a partir del próximo 1 de octubre, que todos esos períodos figurarán en su vida laboral y, por lo tanto, computarán a la hora de calcular los años necesarios para jubilarse.
Dentro del decreto ley de reforma de las pensiones, publicado la semana pasada en el Boletín Oficial del Estado, el Gobierno establece «la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación». La disposición afectará a aquellos becarios que estén realizando estudios universitarios o de formación profesional, salvo en el caso de la FP intensiva (dual), también en aquellos casos en los que las prácticas no sean remuneradas.
Los estudiantes quedarán integrados en el Régimen General de la Seguridad Social, salvo aquellos que realicen sus períodos formativos a bordo de embarcaciones, en cuyo caso se les incluirá en el Régimen Especial de Trabajadores del Mar. Pero ¿quién cotizará por ellos? Si se trata de prácticas remuneradas, «el cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social [es decir, de tramitar el alta y la baja y de abonar las cotizaciones] corresponderá a la entidad u organismo que financie el programa de formación», por ejemplo la universidad correspondiente. Si se trata de prácticas no remuneradas, será la empresa la que deberá cotizar por los estudiantes.
En cualquier caso, la factura no será muy elevada, ya que las cuotas no cubren las mismas prestaciones que para un trabajador ordinario y estarán bonificadas casi íntegramente. De esta forma, los estudiantes en prácticas no tendrán cobertura por desempleo, del Fondo de Garantía Salarial ni de Formación Profesional. Sí estarán protegidos en caso de contingencias comunes y profesionales, aunque en el caso de las prácticas no remuneradas no tendrán derecho a percibir la prestación por incapacidad temporal en caso de enfermedad común. Sí tendrán acceso, en cambio, a las prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y la lactancia, que «se abonarán por la entidad gestora o, en su caso, por la mutua colaboradora».
En cuanto al coste para la empresa, el decreto prevé una reducción del 95 % en la cuota por contingencias comunes, que se elevará al 97 % en los tres primeros meses de aplicación de la norma, entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de este año.
En el caso de las prácticas remuneradas, la base de cotización aplicable será la mínima (actualmente 1.260 euros al mes) y los estudiantes en prácticas quedarán excluidos de cotizar al mecanismo de equidad intergeneracional (MEI), un recargo para llenar la hucha de las pensiones que ahora se sitúa en el 0,6 % pero que irá creciendo en los próximos años hasta alcanzar el 1,2 %.
Cuando se trate de una beca no remunerada, la empresa tendrá que abonar una cuota diaria en concepto de contingencias comunes y otra para cubrir un eventual accidente de trabajo o enfermedad profesional. Durante el primer trimestre de aplicación de la norma, estas ascenderán a 2,36 y 0,29 euros al día, con un tope conjunto de 60,1 euros al mes por ambos conceptos.
A efectos de prestaciones, cada día de prácticas formativas no remuneradas será considerado como 1,61 días cotizados, aunque no se podrá superar, en ningún caso, el número de días naturales del mes correspondiente.
Regularizar prácticas pasadas
La obligación de que las empresas coticen por los estudiantes que realicen prácticas no remuneradas (las remuneradas ya estaban reguladas) estaba recogida en la ley desde finales del 2018, cuando se incluyó esta medida en un real decreto que, sin embargo, todavía no había sido desarrollado, lo que a juicio del ministerio justifica «la urgente y extraordinaria necesidad» de introducir esta disposición en el decreto de reforma de las pensiones.
Aunque su entrada en vigor se aplaza hasta el próximo 1 de octubre, la norma prevé que aquellos estudiantes que hayan realizado períodos de prácticas por los que no hayan sido dados de alta en la Seguridad Social en los dos años anteriores (es decir, desde el 1 de octubre del 2021) podrán suscribir un convenio especial con la Seguridad Social que les permita añadir estos períodos de formación en empresas en sus vidas laborales. El plazo, los términos y las condiciones para ese reconocimiento serán fijados por el Ministerio de Seguridad Social en los próximos meses.
Asimismo, la norma prevé que antes de finales de junio, se constituirá un observatorio para el seguimiento de estas medidas para la cotización de las prácticas formativas, en el que participarán representantes de los ministerios de Educación, Universidades y de la Seguridad Social, junto con otros de la patronal y los sindicatos. Por su parte, la Administración también anuncia planes para la lucha contra el fraude en las prácticas formativas que, en realidad, encubren puestos de trabajo estructurales.