Un juzgado de Granada ha tomado la decisión por el «desafecto» del progenitor y ha suspendido de manera cautelar el régimen de visitas
13 abr 2023 . Actualizado a las 09:09 h.El Juzgado de Primera Instancia 3 de Granada ha retirado a un hombre la patria potestad de su hijo de 8 años por la «nula preocupación» mostrada hacia el menor y, además, ha suspendido de manera cautelar el régimen de visitas del progenitor. Según el auto de este caso, al que ha tenido acceso la agencia Efe, la resolución atiende al interés del menor y se enmarca en la separación de sus padres.
La patria potestad es el conjunto de derechos, atribuciones y deberes que tienen los padres biológicos sobre los hijos menores de edad y que incluyen «velar por ellos, tenerlos en su compañía», alimentarlos y educarlos, y que deberá ejercerse siempre en interés de los descendientes. No es lo mismo que la custodia, que se centra en la convivencia habitual y diaria con los hijos menores de edad.
En esta causa, que ha adelantado este miércoles el periódico Ideal de Granada, la «nula preocupación por el menor» del padre ha justificado que le sea retirada la patria potestad que compartía con la madre, que tendrá la progenitora de manera exclusiva por ser «la única que se preocupa de él».
Junto a la pérdida de la patria potestad, la titular del Juzgado de Primera Instancia 3 ha acordado la suspensión temporal del derecho de visitas del progenitor debido al «desafecto» mostrado por el padre. La medida cautelar se enmarca en el incumplimiento sistemático del régimen de visitas acordado para el sujeto, que dejó de visitar al menor poco después de que se formalizara su separación de la madre.