Izquierda Unida y Podemos recurren ante la JEC su exclusión de la propaganda gratuita en RTVE

La Voz REDACCIÓN

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Alberto Garzón durante un mitin de IU en Málaga.
Alberto Garzón durante un mitin de IU en Málaga. Carlos Diaz Martin | EFE

Se une al que ambas formaciones presentaron el pasado sábado contra el plan de cobertura informativa de la cadena pública

08 may 2023 . Actualizado a las 18:03 h.

Izquierda Unida (IU) y Podemos han registrado este lunes un recurso ante la Junta Electoral Central (JEC) para que no se les excluya de la asignación de espacios gratuitos de propaganda electoral de ámbito estatal de RTVE para las elecciones del 28M. Este recurso se une al que ambas formaciones presentaron el pasado sábado ante la JEC contra el plan de cobertura informativa de la cadena pública, informó Efe.

La Corporación les ha dado un 1 % del tiempo de cobertura informativa al considerar que consiguieron un 1,08 % de los votos, pero ellos mantienen que lograron un 4,80 % de los votos y que ese debería ser el porcentaje de tiempo informativo que se les tendría que dar.

Ahora en este segundo recurso ambas formaciones, como integrantes principales de las coaliciones denominadas Unidas, Podemos-Izquierda Unida, Unidas Sí Podemos y Confluencia, recurren su exclusión de la propaganda gratuita en RTVE por ser «una interpretación centralista y restrictiva que colisiona con los valores constitucionales».

Piden a la Junta Electoral poder disfrutar igual que el resto de formaciones de espacios gratuitos de propaganda electoral en la radio y la televisión públicas y defienden que si es posible agrupar las candidaturas en un mismo grupo parlamentario, también debe hacerse con la adjudicación de espacios electorales gratuitos.

Así se respetaría, a su juicio, «el pluralismo político, la igualdad y la proporcionalidad» y (..) y «el espacio político unitario que conforman las coaliciones aquí comparecientes». Defienden que «la interpretación de la norma debe realizarse en pro del pluralismo político y del amparo del derecho de los electores a obtener información adecuada de las fuerzas políticas representativas que concurren a las elecciones».

Los recurrentes alegan que pese a los nombres empleados en las coaliciones, sus integrantes principales son «claramente identificables» que han optado al coaligarse así «por una legítima forma de entender la conformación política y organizativa de ese espacio político». En el recurso, también mencionan numerosas decisiones tomadas por la misma JEC en sentido muy distinto y sostienen que la Ley Electoral no exige en ningún momento que un partido se presente de idéntica forma en todas las circunscripciones para el cómputo de la población de derecho que cubre con su presencia.

Podemos e Izquierda Unida mantienen que concurren juntos «en las coaliciones comparecientes en municipios cuya población de derecho asciende a un total 34,40 % de la población (Unidas 13,04 %, Podemos-Izquierda Unida 18,02 % y Unidas Si Se Puede 3,34 %)» y que a ello se debería sumarse la población de derecho que cubre la coalición Confluencia hasta llegar a una suma del 46,19 % de la población.

Asimismo, argumentan que concurren en solitario en municipios que suponen al menos un 6,85 % más de la población, con lo que se rebasa ya el 50 % indicado en el artículo 188 de la Loreg, al acumular en total candidaturas presentadas en municipios que suponen un 54,04 % de la población del país.

También recuerdan que en territorios como en Andalucía, Galicia, País Vasco y Navarra, que las dos formaciones concurren juntas en coaliciones, registradas en la JEC, con otras fuerzas políticas, y ellas son las troncales de dichas coaliciones. Por ello, no otorgarles espacios electorales gratuitos entienden que supone «vulnerar los propios artículos 6 y 188 de la Loreg».