Fin a una discriminación de las personas que han tenido cáncer: ya pueden renovar el carné de conducir con la misma frecuencia que el resto de población

M. P. V.

ACTUALIDAD

El BOE modifica el Reglamento General de Conductores para acabar con el plazo más limitado de exenfermos oncológicos, cambio que entrará en vigor este sábado

26 may 2023 . Actualizado a las 14:37 h.

Una «discriminación infundada». Eso eran, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este viernes, los plazos más cortos de vigencia del carné de conducir para personas que han sufrido cáncer. Hasta ahora, quienes estuvieron sometidos a un tratamiento oncológico tenían que renovar el documento cada tres o cinco años, en lugar de los diez establecidos para la población en general. A partir de este sábado, ya no será así. Si han superado la enfermedad, sin secuelas que puedan afectar a la conducción, podrán renovar el carné por el tiempo que le correspondería a cualquier otro ciudadano de su misma edad.

Es lo que establecerá, a partir de ahora, el Reglamento General de Conductores, cuya modificación aparece publicada en el BOE de este viernes y que entrará en vigor este sábado, un día después de esa publicación.

En el caso de trastornos oncohematológicos, las personas que hayan superado los tres primeros años con una remisión completa de la enfermedad, debidamente acreditada por un informe del oncólogo o hematólogo, podrán renovar su documentación no por el plazo de tres o cinco años previsto hasta ahora, sino por el que les corresponda por edad (cada diez años hasta los 65, y cada cinco a partir de entonces). Lo mismo podrán hacer quienes pasaron otros procesos oncológicos no hematológicos en cuanto no haya ya evidencia de su enfermedad ni estén recibiendo tratamiento adyuvante (el que se administra después de la terapia principal para reducir el riesgo de que el cáncer vuelva), con un informe favorable de su especialista.

«Se trata de asimilarlas [a las personas que han superado un cáncer] al resto de la ciudadanía, ya que son personas que han superado la enfermedad y se encuentran en las mismas condiciones que la población en general», argumenta el texto de la orden emitida por el Ministerio de la Presidencia, que recuerda que los plazos de vigencia acortados de sus carnés suponían «una discriminación infundada de aquellas personas que ya no tienen síntomas de la enfermedad y se han reincorporado plenamente a su vida laboral y ordinaria», pese a lo que, al ir a renovar el permiso se volvía «a incidir en su enfermedad», obligándoles a una actualización más frecuente, sin que eso estuviera fundamentado en «su incidencia negativa en la seguridad vial».

El Ministerio suscribe la queja realizada por miles de exenfermos de cáncer, al indicar que la normativa ahora modificada les seguía considerando pacientes oncológicos «inclusive cuando han superado la fase más intensa del tratamiento y no tienen limitaciones ni secuelas físicas». Una situación que tenía consecuencias jurídicas, al reducir el tiempo de validez de sus carnés, pero que también suponía una «cuestión emocional, porque, tras un largo y duro tratamiento y posterior recuperación, en el momento de la expedición del permiso o licencia se revive un proceso ya superado que la Administración les hace recordar de manera innecesaria».

Por todo ello, el cambio aprobado y publicado en el BOE, «da satisfacción a diferentes colectivos que agrupan a las personas que han tenido una enfermedad oncológica, y han demandado la modificación de la citada normativa», evitando esa situación delicada y esa discriminación para todos los casos en los que el cáncer está ya superado y no suponga ninguna limitación de la capacidad de manejar un vehículo.