Consumo advierte a los «influencers» con sanciones por publicidad engañosa

Andrés García / M. P. REDACCIÓN / LA VOZ

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María Pedreda

Vuelve a avisar con multas que podrían alcanzar los 100.000 euros por no marcar el contenido promocional

02 ago 2023 . Actualizado a las 11:29 h.

Una investigación elaborada por el Ministerio de Consumo ha buceado por las redes sociales para detectar casos de publicidad engañosa en influencers y ha mandado advertencias de sanción a aquellos que caen en estas prácticas, es decir, en presentar lo que se difunde sin ningún distintivo que lo identifique como publicidad.

Esta labor de rastreo intensiva por las plataformas ha sido realizada por la Subdirección General de Inspección y Procedimiento Sancionador (SGIPS) de la Dirección General de Consumo, a través del Observatorio de Internet. El resultado ha sido lapidario: un 77,75 % de las publicaciones promocionales incumplen la obligación de identificar este tipo de contenido. Las sanciones podrían alcanzar los 100.000 euros.

Consumo se ha puesto en contacto con estos comunicadores para instarlos a que cesen en estas malas prácticas. Además, les ha facilitado el Código de Conducta sobre el uso de Influencers en la Publicidad, redactado por la Asociación Española de Anunciantes y la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial, al que ya estaban sujetos estos creadores. Entre los perfiles que han sido notificados se encuentran algunos de gran calado, con un enorme número de visualizaciones y seguidores, algunos hasta 10 millones. Esto redunda en un especial impacto sobre los consumidores, particularmente los niños, el sector más vulnerable a la publicidad.

El mes pasado, la OCU denunció ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores y el Ministerio de Consumo la publicidad engañosa sobre criptomonedas que se hace en plataformas como TikTok, Instagram o Youtube. La Organización de Consumidores Europeos también ha expuesto esta preocupación ante la Comisión Europea. Estas instituciones están pidiendo más control sobre este tipo de publicidad por parte de gobiernos y plataformas, que son cómplices por permitir los anuncios encubiertos.

Ya en mayo del año pasado, una normativa modificó la Ley General para Defensa de los Consumidores y la Ley de Competencia Desleal que se suponía, daría fin a la publicidad engañosa. La naturaleza de Internet, junto con los todavía muchos vacíos legales que existen, permite que muchos perfiles públicos siguieran incumpliendo algunas de estas obligaciones.

En el 2021 Facua-Consumidores en Acción denunció a la creadora de contenido Rocío Camacho por publicitar de forma encubierta unos leggins que presentaba como «anticelulíticos», algo especialmente grave al tratarse de productos sanitarios. Esta misma asociación denunció meses antes a la influencer Marta López por llevar a cabo publicidad ilícita sobre unas tiras blanqueadoras dentales.

En el 2020 se produjo por primera vez en España una denuncia a una influencer. Autocontrol acusó a Paulina Eriksson, líder de opinión sueca afincada en Marbella, de realizar publicidad encubierta en una de sus publicaciones de Instagram en la que enseñaba y hablaba de las ventajas de unos auriculares.