La justicia ordena readmitir a Alfredo Urdaci en RTVE tras casi 20 años excluido

redacción LA VOZ

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El ente público se había negado a readmitirle en numerosas ocasiones después de que el presentador intentara regresar al finalizar su excedencia

26 jul 2023 . Actualizado a las 19:37 h.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón al periodista Alfredo Urdaci y ha ordenado a Radio Televisión Española (RTVE) readmitirle como informador tras casi veinte años fuera del ente, que dejó en el 2005 con una excedencia y al que trató de volver en el 2015, cuando le fue denegado su reingreso.

La sentencia, de la Sección Primera de la Sala de lo Social, estima parcialmente el recurso que presentó el periodista contra el fallo dictado en julio del 2022 por el Juzgado de lo Social número 13 de Madrid, a través del que buscaba ser readmitido y que se le indemnizara por los salarios dejados de percibir desde enero del 2015. 

Ahora, los magistrados reconocen su derecho «a ser reincorporado como informador con el salario que resulte aplicable en dicho momento», sin perjuicio de que se pueda fijar otra suma como indemnización por el período comprendido desde enero de 2015 hasta que se reincorpore efectivamente.

Urdaci fue cesado en el 2004 como director de los informativos de RTVE tras cuatro años al frente, en los que fue acusado de manipulación. La sentencia recuerda que en enero del 2005 el periodista solicitó una excedencia voluntaria a TVE por «motivos particulares», como querer redirigir su carrera y «tomar cierta distancia con el medio», en el que había trabajado hasta ese momento. Se le concedió por un plazo máximo de diez años y cuando solicitó volver, en enero del 2015, RTVE se lo denegó «al no concurrir las condiciones exigidas convencionalmente al efecto», ya que no había vacantes adecuadas. Tras solicitar la reincorporación seis veces más, Urdaci interpuso una demanda judicial en el 2020.

Ahora los magistrados del TSJM destacan que «la empresa no ha despedido al trabajador aunque en este momento le convenga decirlo por estrategia procesal» y «ha mantenido el derecho expectante en todo momento, por lo que no se puede señalar que entonces se le despidió».

Ponen de relieve que Urdaci, al solicitar la excedencia, no comunicó que fuera a ser presentador o director de informativos en otros medios, y que solo consta que llevara a cabo estas actividades después del 2015, tras serle denegada la reincorporación al ente público. Añaden además que «la empresa conocía el hecho (de que Urdaci trabajaba en otros medios) y podía haberlo hecho valer en el momento en el que denegó por segunda vez su reingreso, y por razones que se desconocen no lo hizo».

Los magistrados destacan que la reincorporación de un trabajador en excedencia no depende de la voluntad del ente y consideran probado que cuando Urdaci pidió reingresar, sí había plazas vacantes de su categoría, redactor, ya que entre enero de 2015 y agosto de 2016 RTVE contrató a 16 redactores.

Sobre la indemnización que solicita el presentador, la sentencia explica que hay una «dificultad insoslayable a la hora de fijar la indemnización al no contar con todos los datos», y pone de relieve que el demandante ha detallado lo que habría dejado de cobrar desde el 2015 hasta ahora en RTVE, pero no aclara lo que ha cobrado durante estos años en otros medios.

Por eso ordena que se fije la cantidad en la ejecución de la sentencia, una vez se tengan esas cifras. La resolución es recurrible ante el Supremo.