Un cambio legal permite teletrabajar desde España con un sueldo alemán

Ana Balseiro
ana balseiro MADRID / LA VOZ

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Miguel souto

Dieciocho países acuerdan poder aplicar las condiciones laborales del país en el que tenga la sede la empresa y no las del lugar de residencia del empleado

08 ago 2023 . Actualizado a las 12:22 h.

La eclosión del teletrabajo, precipitada por la pandemia, busca afianzarse, y para ello se adapta progresivamente a las necesidades de un mercado laboral en el que las fronteras están cada vez más difuminadas. La Unión Europea acaba de dar un paso más en ese sentido, al diseñar un acuerdo marco con el que facilita el teletrabajo transfronterizo habitual. Publicado en el Boletín Oficial del Estado del pasado viernes, aunque en vigor desde el 1 de julio, la norma permite que quienes teletrabajan desde un país para una empresa ubicada en otro puedan tener idéntica consideración y prestaciones que cualquier otro empleado nacional.

La traducción práctica es que, por ejemplo, alguien que trabaje en España para una empresa con sede en uno de los países firmantes del acuerdo —desde Finlandia a Suiza, Luxemburgo, Suecia o Alemania, pasando por los vecinos Portugal o Francia— se podrá regir por las normas laborales del país de origen de su compañía, tanto en salarios como en prestaciones sociales. Es decir, que sería como cualquier otro trabajador presencial aunque desarrolle su actividad a distancia desde otro Estado.

Vida española, sueldo suizo

Según detalla el BOE, hasta el momento han firmado el citado acuerdo marco dieciocho países: Alemania, Suiza, Liechtenstein, República Checa, Austria, los Países Bajos, Eslovaquia, Bélgica, Luxemburgo, Finlandia, Noruega, Portugal, Suecia, Polonia, Croacia, Malta y Francia, además de España.

Esta nueva cobertura legal supone dar un paso importante en materia de igualdad laboral europea, además de potenciar a España como un país receptor del creciente colectivo de nómadas digitales, puesto que podrían fijar su residencia aquí con sus salarios de origen y sin ser un sobrecoste para las arcas de la Seguridad Social. Igualmente, permitirá a España captar talento internacional con menos trabas burocráticas.

Con condiciones

El acuerdo, suscrito el pasado 29 de junio, establece algunas condiciones para que sea de aplicación a los teletrabajadores transfronterizos. Entre ellas está, por ejemplo, que ejerzan su actividad para una sola empresa de uno de los Estados firmantes, que no trabajen por cuenta propia —es decir, excluye a los autónomos— y que el teletrabajo transfronterizo realizado en el Estado de residencia «sea inferior al 50?% del tiempo de trabajo total».

Vigencia de cinco años

Los países firmantes justifican en el texto la necesidad del nuevo marco normativo, que tendrá un plazo de validez de cinco años, prorrogable automáticamente por idénticos períodos. Explican que «con la flexibilización y digitalización del mercado de trabajo, así como con el incremento del teletrabajo transfronterizo a raíz de la pandemia del covid-19, el teletrabajo ha pasado a ser, para muchos trabajadores, una forma estructural de trabajo», lo que obliga a adaptar el reglamento europeo para «mitigar el efecto del teletrabajo transfronterizo en la legislación aplicable en materia de seguridad social a corto plazo», además de dar respuesta a lo «complejo que resultar satisfacer a corto plazo a un grupo tan diverso de personas [dada la gran variedad de teletrabajadores]».

Cabe recordar, además, que el Gobierno —ahora en funciones— espera poder dar luz verde a un gran acuerdo para regular el teletrabajo durante la presidencia española del Consejo, recién comenzada este verano.